30/07/2010
Treinta días de proceso electoral

Evolución de los Censos
Estamento
30 Junio
2 Julio
26 Julio
Clubes
36
36
83
Deportistas
209
1.681
1.657
Técnicos
70
201
98
Jueces
26
88
88

Teníamos la esperanza de que este Proceso Electoral fuese tranquilo, transparente y fluido. Porqué era fácil: la Ley en un lado y en el otro los datos objetivos y los criterios claros e iguales para todos.
Pues no, lamentablemente no ha sido así estos primeros treinta días.

JUNTA ELECTORAL


Empezamos con la composición de la Junta Electoral: 3 abogados asisitidos por el Asesor Legal de la AEBD. Se supone que tienen que conocer la Ley mejor que nadie, es su profesión. Y va y nombran para formar parte de la Junta Electoral al abogado que representó a Luis Vañó en las Diligencias Preliminares que un grupo de socios presentaron contra él para la presentación y exhibición de las cuentas sociales. Primer recurso presentado, primer recurso ganado.

A los pocos días de presentar el recurso y antes de que la Junta de Garantías Electorales se pronuncie, el Sr. Xiberta dimite. A día de hoy todavía no se ha publicado el nombre de su sustituto.

SOLICITUD DE LICENCIA Y CESIÓN DE DATOS

En una carta que se publica el 29 de junio el Asesor Legal desautoriza el uso de un documento concreto de solicitud de licencia “… por una simple razón, para no duplicar, es decir socios de la AEBDC y federados de la AEBD …” y se avisa a los socios que sólo se va a admitir el “documento que todos conocéis”. Los socios que han enviado el otro documento, en el que la única diferencia con el “oficial” era que no se renunciaba a los derechos como socios de la AEBDC, reciben por correo una carta denegando su solicitud de licencia e incorporación a la AEBD

El día 30 de Junio se publica el primer Censo Provisional con 36 Clubes,
209 deportistas, 26 jueces y 70 técnicos.


Todos los miembros de la Junta Directiva en funciones de la AEBDC, incluido el Presidente, están en este censo, con lo que se deduce que han renunciado a sus derechos como socios de la AEBDC. Aunque un poco tarde se dan cuenta del error que han cometido y de las consecuencias que puede tener esta situación y, rápidamente, el día 2 de Julio, la Junta Electoral toma una “sorprendente decisión” (calificada así por la Junta de Garantías Electorales) dejando sin efecto las solicitudes recibidas y dispone la publicación de un nuevo Censo Electoral donde no se exija el requisito de firmar y presentar ningún documento.

El mismo día 2 de Julio se publica un segundo Censo Provisional con 36 Clubes, 1.681 deportistas, 88 jueces y 201 técnicos.

Estamos de acuerdo con la Junta de Garantías Electorales en que la decisión es sorprendente, ya que lo legal hubiera sido aceptar todas las solicitudes de licencia recibidas, pero no el incluir en el Censo a todos los socios de la AEBDC, entre otras cosas porqué eso es lo que se aprobó en la Asamblea y lo más respetuoso con la Ley de Protección de Datos Personales.

Manteniendo la tónica de los últimos años, por algo son las mismas personas, demuestran que la Asamblea es un trámite molesto que tienen que pasar por imperativo legal y los acuerdos tomados en ella son papel mojado que pueden obviar tranquilamente cuando les convenga.

También esperamos que ya nunca más amenacen a nadie con tomar las medidas oportunas por “utilización indebida de datos personales”

ESTAMENTO DE DEPORTISTAS

Poco tiempo hemos dedicado a repasar la lista de deportistas censados. Era poco menos que imposible comprobar el historial deportivo de más de 1.600 personas. No tenemos la información adecuada ni los medios para acceder a ella fácilmente.

El Censo de Deportistas pasó de 209 a 1.681, quedando el definitivo con 1.657

ESTAMENTO DE JUECES

Este Censo es el que menos variaciones a tenido. Ha pasado de 26 a 88 jueces, manteniéndose así hasta el definitivo.

ESTAMENTO DE TÉCNICOS

Para este estamento se han presentado dos recursos, admitidos ambos.

1. Directores de Competición: se recurren 45 técnicos que constan como Directores de Competición, cuando es más que notorio que ninguno de ellos ha ejercido como tal en la temporada 2008-09 (art. 16.2 RE), tal como hace contar la resolución 21/10 de la JE “… que hasta la fecha de hoy, muchos de los técnicos mencionados anteriormente no consta que hayan participado en una competición…”

2. Entrenadores: se recurren 9 entrenadores que no están relacionados en los listados de entrenadores publicados en la Web de la AEBDC.

En primera instancia la Junta Electoral desestima el recurso presentado porqué según informe de la AEBD “por razones que no vienen al caso” los listados de la Web no están actualizados (resolución 22/10 - certificado entrenadores)

En segunda instancia la Junta de Garantías Electorales estima el recurso y acuerda excluir del Censo Definitivo a los 9 técnicos, entre otros, por los siguientes motivos: “En el presente supuesto se ha puesto de manifiesto por los recurrentes que el listado de entrenadores cuya inclusión en el Censo electoral de entrenadores se impugna no han podido obtener su titulación como tales en los cursos convocados a tal efecto, ni tan siquiera se ha remitido copia de la correspondiente acreditación, hecho este que hubiera disipado cualquier duda acerca de la habilitación como entrenadores de los impugnados” (Resolución 21/23 2010)

El Censo de Técnicos pasó de 36 a 201, quedando el definitivo con 97 técnicos


ESTAMENTO DE CLUBES

Lo que ha sucedido con este estamento ha sido ya un “cachondeo” y tomadura de pelo que nos ha dado a muchos un trabajo y un pérdida de tiempo totalmente inútil, ya que es imposible creer que el Asesor Legal no supiera que estaba dejando fuera a un montón de Clubes que cumplían sobradamente todos los requisitos para estar en el Censo.

En el primer censo de 36 clubes, sorprendentemente, no aparecen Clubes que ya salen en la lista de Clubes adheridos en noviembre de 2009, no aparecen Clubes que sí constaban en el Censo inicial y, de repente, aparecen otros que no constaban en ninguna de las listas anteriores.

Se empiezan a recibir notificaciones de la secretaría de la AEBD, diciendo que no les consta que el Club en cuestión haya participado en competiciones oficiales la temporada 2008-09. Curiosamente los deportistas miembros de los Clubes sí salen todos ellos en el Censo de Deportistas. Hemos de pensar que el traspaso de datos de la AEBDC a la AEBD no ha sido todo lo fluido que debiera ser para lo que no les ha interesado.

No vamos a entrar ahora en detalles pues el proceso ha sido largo, con alegaciones y recursos para, finalmente llegar a un Censo Definitivo de 83 Clubes.

Cuarenta y siete recursos presentados y ganados por los clubes, hacen que nos cuestionemos el que haya sido simplemente un “error”.

Todavía 6 clubes de Aragón han quedado fuera del Censo por las resoluciones emitidas por la Junta de Garantías Electorales fundamentadas en un “informe desfavorable” de la recientemente creada Federación Aragonesa, basado en la fecha de inscripción de los Clubes en el Registro de Entidades Deportivas. El hecho de que en el Censo electoral estén incluidos clubes inscritos en los correspondientes registros con fechas posteriores a la de los que se ha denegado su inclusión en el Censo, hace todavía más sorprendente y malintencionado el “informe” de la FABD, también si lo comparamos con la actitud de la Federación Catalana de Ball Esportiu que, desde el primer momento, recurrió por todos y cada uno de los clubes catalanes consiguiendo, juntamente con los recursos particulares efectuados por los clubes, la máxima representación posible de su Comunidad en este estamento. Hay FEDERACIONES y federaciones … PRESIDENTES y presidentes….

Resumiendo, tal como ya nos anunció el Asesor Legal de la AEBD en su escrito de 29 de Junio, han cometido errores, y muchos… demasiados para llevar cuatro años dedicando todas sus energías a este proceso imparable.

Buen verano, felices vacaciones y en Septiembre seguimos.

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08/07/2010
Inclusión Estamento

Los electores incluidos en varios estamentos deberán optar por el de su preferencia ante la
Junta Electoral mediante un escrito que deberá tener entrada en los locales de la AEBD
en el plazo que finaliza el 10 de julio de 2010.

De no ejercer esa opción en el plazo señalada, los electores que posean más de una licencia
quedarán incluidos en los estamentos siguientes:

  • En el de técnicos, si poseen la licencia de deportista y de técnico
  • En el de jueces, si poseen la licencia de deportista o técnico y de juez

Solicitud Inclusión Estamento

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06/07/2010
Modelos para la reclamación censal

La FCBE ha preparado unos modelos para realizar la reclamación censal a la Junta Electoral de la AEBD para los diferentes estamentos (clubes, deportistas, técnicos y jueces) que, reuniendo los requisitos que señala el Reglamento Electoral, junto con las consideraciones incluidas en la Resolución de la Junta Electoral de la AEBD de fecha 2/7/2010, no estén incluidos en el Censo Electoral Provisional.

La reclamación tiene que enviarse a la atención de la Junta Electoral por correo electrónico a info@aebdc.org en el plazo establecido en el Calendari Electoral publicado.

Os dejamos el enlace con la Web de la FCBE donde están los documentos a disposición de todos aquellos que los necesiten. Tambén os ponemos el PDF de Clubes de la AEBD a 11 de noviembre de 2010 y el Censo Inicial de Clubes publicado el 1 de Junio para que lo podáis anexar junto con la documentación propia del Club que acredite la reclamación

Si tenéis alguna duda o necesitáis ayuda, además de poneros en contacto, como para cualquier otro procedimiento, con la AEBD o con la FCBE, también podéis contactar con nosotros mediante email a:

Pablo Chao: pablochaoramil@yahoo.es
Soledat Farré:soledat.farre@gmail.com



02/07/2010
Reunión informativa

El domingo 4 de Julio de 2010 a las 17:15 en los locales del CBE Swing Manresa (C/ del Sol 5,1 - Manresa) se celebrará una reunión informativa sobre los siguientes temas, entre otros que puedan surgir:

  • Información sobre el Proceso Electoral de la AEBD
  • Información sobre las conclusiones de las Diligencias Preliminares de exhibición de cuentas de la AEBDC
  • Información sobre la obtención de las licencias deportivas para la próxima temporada

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01/07/2010
Recurso a la denegación de licencias

Para todos aquellos socios de la AEBDC que habiendo utilizado el modelo de Solicitud de Licencia publicado en esta página hayan recibido la denegación de la misma por parte de la AEBD, facilitamos a continuación un modelo de recurso para enviar a la AEBD por correo electrónico.

Por supuesto, se puede modificar y adaptar a las casuísticas de cada uno, es un modelo para facilitar el trámite.

Anexo 1: Documento de solicitud enviado a la AEBD
Anexo 2: Notificación de denegación recibida de la AEBD
Anexo 3: Modelo "oficial"

Anexo 4: Acta de la Asamblea
Anexo 5: Real Decreto 1835
Anexo 6: Estatutos de la AEBD
Anexo 7: Reglamento de afilición y expedición de licencias de la AEBD
Anexo 8: Constitución Española

Si desde algún Club o grupo se han presentado solicitudes colectivas, pueden ponerse en contacto con nosotros y les facilitaremos el modelo adecuado.

Si teneis alguna duda o necesitais ayuda podeis poneros en contacto con nosotros mediante correo a info@probaile.com, o bien

Soledat Farré - soledat.farre@gmail.com
Pablo Chao - pablochaoramil@yahoo.es

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30/06/2010
Escrito del Asesor Jurídico de la AEBD
Para leer el texto original clik AQUÍ

 


29/06/2010
Informe Diligencias Preliminares

Tras el aplazamiento del primer intento para la exhibición de los documentos contables de diversas partidas presupuestarias, el pasado día 14 de Mayo se llevó a cabo en el Juzgado Primera Instancia 2 de Barcelona el Procedimiento de Diligencias Preliminares con el objeto de que la parte demandada (AEBDC) exhibiera los soportes contables solicitados por un grupo de socios de la AEBDC.

Ahora, después del estudio por parte de nuestros abogados de la documentación que, someramente, pudieron examinar, ya disponemos de un informe y de unas conclusiones, así como también de la copia de algunos de los documentos presentados, que están a disposición de cualquier socio de la AEBDC que quiera conocerlo.

Siguiendo el consejo de nuestro abogado no vamos a publicar nada en la Web, pero aunque la demanda la firmamos sólo unos cuantos, se hizo con el respaldo de muchos socios y con la finalidad de que la información fuera conocida por todos.

Por ello, los socios de la AEBDC interesados en conocer el resultado del proceso de Diligencias Preliminares seguido contra los responsables de la AEBDC, pueden ponerse en contacto con nosotros personalmente o mediante un email a info@probaile.com para concertar la mejor forma y sitio de encuentro a efectos del examen de esta documentación.

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26/06/2010
Importante: Puntualización en relación al trámite de convalidación de la licencia AEBDC-AEBD

Estimados señores/as:

Estamos ya cansados de que a estas alturas los miembros de la provisional Junta Directiva de la AEBD sigan intentando confundir a la gente amparándose en su posición ventajista.

Todos nosotros éramos conscientes de la imposibilidad de dar cumplimiento a la Orden Ministerial que regula los procesos electorales en las Federaciones y Agrupaciones deportivas, al ser nuestra agrupación un ente de muy reciente creación, motivo por el cual, y para facilitar que el mayor número de personas, con derecho a ello, pudieran participar del Proceso Electoral, se acordó en la Asamblea Extraordinaria de la AEBD de fecha 15 de mayo de 2010 tal y como se refleja en el Acta de la misma, artículo 4.2

que CON CARÁCTER PREVIO se CONVALIDARÍA el carnet de socio de la AEBDC con una licencia provisional de la AEBD.

Si lo que quieren es sacar adelante un proceso electoral de una agrupación deportiva, ajústense a los acuerdos adoptados y a la normativa que rige sobre este tipo de agrupaciones.

Si lo que quieren es que el mayor número de personas puedan participar de este Proceso Electoral,... HÁGANLO,... en sus manos está, pero no utilicen ese documento como excusa. Algunos nos conformamos con que, como mínimo, las elecciones se ajusten a lo establecido en el Reglamento Electoral y demás acuerdos y disposiciones que rigen este tipo de procesos. Para ello, ustedes aún están a tiempo de elaborar un MODELO OFICIAL que se ajuste plenamente a lo acordado, sin que contenga ningún tipo de injerencia, y que todos nosotros firmaremos con gusto.

Si lo que ustedes pretenden es disolver la AEBDC, háganlo según lo establecido en los Estatutos de dicha asociación, tal y como aparece contemplado en el artículo 80 de los mismos, no utilicen este proceso como excusa.

No nos engañen más, bastante estamos soportando. Bastante tenemos con tragarnos un Reglamento Electoral que no se ajusta a lo aprobado en la mencionada Asamblea. Bastante tenemos con tragar un Censo Electoral Inicial que no se ajusta en NADA a lo contemplado en ese Reglamento Electoral y que, por lo tanto, tiene la misma validez que una lista de la compra.

Y por eso estamos totalmente seguros de que si lo que los socios quieren es asegurar su inclusión en el Censo Electoral Provisional y su participación en el Proceso Electoral, deben hacer caso de lo publicado por la Junta Directiva de la AEBD.

Pero si, en cambio, lo que quieren es:

- Que la AEBD les convalide su carnet de socio de la AEBDC como una licencia provisional de la AEBD.
- Que no se disuelva la AEBDC por la “puerta de atrás”, dificultando o impidiendo el ejercicio de los derechos que como socios de esta Asociación tenemos hasta la disolución formal de la misma.
- Que estos mismos dirigentes rindan cuentas por la gestión tanto económica como administrativa y deportiva de los años 2009 y principios del 2010, siguiendo lo establecido en los estatutos de la Asociación...

cumplimenten, firmen y remitan a la AEBD, con carácter urgente, el documento que de nuevo les volvemos a proponer (Click aquí), documento que se ajusta plenamente a lo aprobado en la Asamblea de Zaragoza y es totalmente válido para el fin que se pretende: SOLICITAR LA LICENCIA DEPORTIVA DE LA AEBD aceptando las condiciones que se aprobaron en la Asamblea (cuota de socio de la AEBDC en vigor y participación en competiciones durante la temporada 2008/09) y DAR EL CONSENTIMIENTO para la inclusión de los datos personales en el nuevo fichero de la AEBD (que esperamos tengan ya registrado en la Agencia de Protección de Datos Personales)

Probablemente tengamos que alegar y recurrir, pero lo haremos y si finalmente nos quedamos, en contra de nuestra voluntad explícita, fuera del Censo Electoral Provisional LO ASUMIREMOS


porque a veces vale más no ser partícipe de según que desatinos

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17/06/2010
Solicitud de Licencia e Incorporación a la AEBD

Según dice nuestro Presidente D. Luis Vañó en su blog: “De forma paralela se está enviando una carta a todos los Asociados para que manifiesten su voluntad de pertenecer a la AEBD como requisito indispensable para formar parte finalmente de este proceso” (refiriéndose al proceso electoral de la AEBD).

A día de hoy, esta carta no se ha recibido y el documento para proceder a la incorporación se ha publicado en la Web de la AEBDC (en el apartado AEBD), sin más explicaciones. No se especifica la fecha límite para enviarlo, no se comunican los efectos de no hacerlo, contiene errores y han tratado de aprovechar esta situación para llevar el contenido de la solicitud más allá de lo que el título del documento indica.

Queremos transmitir la importancia de enviar este documento antes de la Convocatoria de Elecciones y de la publicación del Censo Electoral Provisional, ya que es posible que todos aquellos competidores, técnicos y jueces que no hayan realizado este trámite no sean incluidos en el Censo y, por lo tanto, no tendrán la condición de electores/elegibles.

Hemos redactado un documento corrigiendo los errores y adecuando la solicitud al tema que interesa: SOLICITUD DE LICENCIA E INCORPORACIÓN A LA AEBD.

Descargar documento


Os recomendamos que firméis y enviéis por email a la AEBDC este documento que adjuntamos en formato World para que podáis cumplimentarlo con vuestros datos.


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04/06/2010
¿Sorteo?

Incluye las competiciones celebradas hasta el 30 de Mayo de 2010

Cuando la excepción se convierte en norma, éstas se desvirtuan... y la normalidad empieza a ser algo excepcional.

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14/05/2010
Exhibición de documentos y cuentas sociales


Os comunicamos que hoy a las 12:30h. han acudido al Juzgado de Primera Instancia 2 de Barcelona los representantes de la AEBDC
en la persona de su abogado y también del Asesor Jurídico de la misma a los efectos de dar cumplimiento a las diligencias preliminares
solicitadas y consistentes en la exhibición del detalle de una serie de partidas contables.



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07/05/2010
Campeonatos de España y Código Ético

Vistas las irregularidades que se produjeron en el Campeonato de España de Bailes Standard, solicitamos públicamente a la Comisión Técnica y a sus responsables que recuerden para el próximo Campeonato de España de Bailes Latinos a Organizadores, Directores de Competición y Jueces los protocolos de actuación en competiciones de Baile Deportivo y muy especialmente en los Campeonatos de España. Tiene que exigirse un escrupuloso cumplimiento de dichas normas, tal y como se exige a los competidores, y demandamos que se corrijan con firmeza las desviaciones e incumplimientos de la normativa de competiciones de la AEBDC, Código Ético, etc.

 

Requerimos que ningún miembro de la Junta Directiva que tenga que efectuar funciones de representación institucional, combine ésta actividad con la de competidor en el Campeonato.

 

 

Exigimos que los acompañantes de los Srs. jueces no tengan acceso a la zona reservada para ellos con el fin de evitar la situación que se vio en Torredembarra, donde el acompañante de una determinada juez iba continuamente hablando a varias parejas y entrenadores en la zona de calentamiento y vestuarios después de cambiar impresiones con la juez al final de las rondas, volviendo de nuevo a la mesa de la zona de jueces.

 

 

 

 

Que los miembros de la Comisión Técnica acreditados actúen única y exclusivamente ejerciendo las funciones inherentes a su cargo, evitando simultanearlas con la de entrenadores.

 

Reclamamos al Director de Competición se “asegure que el equipo de escrutinio esté separado del público y de cualquier visitante no autorizado”, …

 

… así como le recordamos que “el Director de Competición y el escrutinio son los únicos que tienen acceso a las puntuaciones hasta el momento en que se entregan al Organizador para su conocimiento general”.

 

Los competidores se merecen unos Campeonatos de España dignos, a la altura de cualquier deporte que se precie y quiera optar por un futuro serio y reconocido a nivel deportivo, social e institucional.

 

 

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06/05/2010
Reglamento Electoral - Comentarios

En cierta ocasión, a algunos de nosotros se nos preguntó si seguíamos pensando que las acciones y actuaciones de la Junta Directiva estaban encaminadas a asegurarse una configuración continuista en la AEBD. En aquel entonces dijimos que , que así lo creíamos, pero ante la pregunta y el tono de sorpresa e indignación con que se formuló llegamos a pensar ¿nos estaremos equivocando?

A día de hoy, a la vista del Reglamento Electoral que se propondrá para su aprobación en la próxima Asamblea General de la AEBD, podemos afirmar con rotundidad que el colectivo liderado por el Sr. D. Luis Vañó Martínez lo único que pretende es aferrarse como sea a la posición que ostentan en la AEBDC (por cierto, caducada y sin ninguna ratificación por parte de los socios desde el mes de Enero) y dilartarla en el tiempo con todos los medios a su alcance, como mínimo, para los próximos cuatro años.

Y para ahorrarle el trabajo de recordarlo de nuevo en su Blog, ya lo decimos nosotros aquí a todo el colectivo: el Reglamento cumple la legalidad, SI. El Reglamento se aprobará por mayoría en la Asamblea de Zaragoza, SIN NINGUNA DUDA. Todos los acataremos y respetaremos, POR SUPUESTO. Pero tenemos derecho a dar nuestra opinión, a que no nos guste y a pensar que no todo lo que es “simplemente” legal es necesariamente lo mejor para el colectivo, ni lo más justo, ni lo más democrático.

El Reglamento que se presenta, en líneas generales, es estupendo. No se podía esperar menos cuando se copia literalmente (con las adaptaciones oportunas) el Reglamento Electoral de una federación con “tradición” como es la Real Federación Española de Deportes de Invierno.

Lo que ya no es tan estupendo es la adaptación que han hecho del

Capítulo II, Sección Primera: Composición de la Asamblea General (art. 16)

Recordemos que la Asamblea es el órgano superior de la Agrupación y que en ella han de estar representados todos los sectores que forman parte de este deporte y que serán estos representantes los encargados de elegir al Presidente de la AEBD

Punto 1.- Como podeis comprobar se establece la composición de la Asamblea en 34 miembros: 11 natos (casi un 33%) y 23 que se elegirán democráticamente entre los clubes, deportistas, jueces y técnicos que formen parte de la AEBD. Se ha reducido la composición de la Asamblea al mínimo permitido por la Ley (*)

De los 11 miembros natos, al menos 9 han sido designados “DEDOCRÁTICAMENTE” por D. Luis Vañó Martínez y así, junto con él mismo, formarán parte de la Asamblea los Delegados Territoriales de Andalucía (Sr. Francisco Pareja), Aragón (Sr. Santiago Sáinz), Castilla la Mancha (Sra. Araceli Castaño), Galicia (Sr. Miguel Abreu), Illes Balears (Sr. Sebastián Victory), Madrid (Sr. Valeri Ivanov), Navarra (Sr. Justo del Arco) y País Vasco (Sr. Joseba Murga), que lo harán sin que hayan sido elegidos por ningún criterio democrático entre los miembros de la Comunidad Autónoma a la que deberían representar, ignorando explícitamente lo establecido en el Art 6.3 del Real Decreto 1835/1991(**) y demostrando una absoluta falta de respeto tanto a los criterios democráticos que rigen nuestra sociedad como a las personas que forman parte de este deporte en cada Comunidad Autónoma.

Con todo esto se nos presenta un panorama electoral en el que un 30% de los encargados de elegir al futuro Presidente de la AEBD, han sido nombrados a dedo por él mismo. ¿Y se atreve a hablar y dar lecciones de democracia?

Punto 8.- Sobre la distribución de los distintos estamentos el porcentaje reservado para el estamento de DEPORTISTAS es el mínimo que se podía establecer (26,08%) de una orquilla que podía ir del 25 al 40% (***). Más o menos a la altura de lo que le importa a la actual Junta Directiva el progreso y las necesidades de este colectivo.

Aquí echamos en falta el porcentaje de representación que le correspondería a “Otros Colectivos” que privada y públicamente habían prometido (e incluso llegamos a pensar que comprometido). Esperamos que sea un simple error, un descuido fortuito que se puede subsanar en estas dos semanas y que no sea una medida tomada en represalia por la petición pública de solicitar explicaciones sobre el destino de las cuotas de los IDSF de Granollers, Platja d’Aro y Salou a otros menesteres que , a día de hoy, seguimos desconociendo.

Ahora solo nos quedará por conocer algunos detalles sin importancia

a) Como afectará la incorporación de nuevas disciplinas a los porcentajes por estamento
b)
Como es la composición de la Comisión Gestora y dentro de ella quién nombrará a los 3 miembros que le correspondería nombrar a la Comisión Delegada que no existe en el AEBD
c)
Saber dónde están ubicados los tablones de anuncios en los que se irá dando publicidad del proceso electoral
d)
Que nos indiquen dónde se encuentran las sedes de las Delgaciones Territoriales y … rezar, rezar mucho para que no se tenga que ir a votar a casa del respectivo Delegado Territorial

________________________________________________________________________________________________

(*) ORDEN ECI/3567/2007, de 4 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales en las Federaciones deportivas españolas.
Artículo 9.1: “La Asamblea General contará, además de con miembros natos, con un máximo de 80 miembros en representación de las Federaciones deportivas españolas que cuentes con menos de 10.000 licencias de deportistas ….”
Artículo 9.2: “El número de miembros electos será, como mínimo, el doble del de miembros natos”

(**) REAL DECRETO 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas.
Artículo 6.3: “Cuando en una Comunidad Autónoma no exista Federación deportiva autonómica o no se hubiese integrado en la Federación deportiva española correspondiente, esta última podrá establecer en dicha Comunidad, en coordinación con la administración deportiva de la misma, una unidad o delegación territorial, respetando, en todo caso, la organización autonómica del Estado.
Los representantes de estas unidades o delegaciones territoriales serán elegidos en dicha Comunidad según criterios democráticos y representativos.
Tales criterios deberán recogerse en los estatutos de las Federaciones deportivas españolas correspondientes.”

(***) ORDEN ECI/3567/2007, de 4 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales en las Federaciones deportivas españolas.
Artículo 3: “La representación en la Asamblea General de los distintos estamentos se ajustará a las siguientes proporciones:

Clubes deportivos, entre el 40 y 60%
Deportistas, entre 25 y 40%
Técnicos, entre 10 y 15%
Jueces y árbritos, entre 5 y 10%
Otros colectivos, si los hubiera, entre 1 y 5% “

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04/05/2010
Convocatoria Asamblea AEBD - Reglamento Electoral

Durante estos días, los clubs que forman parte de la provisional AEBD, hemos recibido la convocatoria para la celebración de la Asamblea General de esta agrupación.

Como es más que notorio que todos los miembros de la AEBDC están dando soporte, cuando menos económico, a esta situación consideramos que también todos ellos deben tener conocimiento de las acciones que se realizan y los acuerdos que se toman en el seno de la AEBD. Por ello adjuntamos el escrito de la convocatoria con expresión del orden del día y copia del Reglamento Electoral que se propondrá en la misma para su aprobación.

Del mismo modo que hemos actuado desde que nacimos como grupo, seguiremos intentando por todos los medios que nos sea posible que como mínimo NO estéis INTENCIONADAMENTE DESinformados.

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26/04/2010
Exhibición de documentos y cuentas sociales - Segundo intento

Informamos a los socios que hoy, 26 de Abril de 2010, se ha comunicado a la AEBDC desde el Juzgado de Primera Instancia 2 de Barcelona una nueva fecha para la presentación de las cuentas sociales en la Secretaría del Juzgado.

Se emplaza a la AEBDC para el próximo 14 de Mayo de 2010 a las 12:30h.

Esperamos y deseamos que durante estos dos meses pasados desde la anterior cita el Sr. Presidente se haya recuperado totalmente, haya podido otorgar poderes y, lo más importante, que entre todos hayan tenido tiempo suficiente para buscar y encontrar todos los documentos, justificantes y facturas solicitados.

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25/03/2010
Suspensión Diligencias Preliminares

Sobre la práctica de la diligencia preliminar solicitada por varios socios de la AEBDC consistente en la exhibición del detalle y la justificación de una serie de partidas contables que se tenía que llevar a cabo el Viernes 19 de Marzo a las 12:00 h. en el Juzgado de 1ª Instancia núm. 2 de Barcelona, os informamos que a las 8:03 h. de la mañana del Viernes se recibió en el Juzgado un fax de la parte demandada en el que se solicitaba la suspensión del acto por los siguientes motivos:

SEGUNDO: IMPOSIBILIDAD DEL PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE ASISTIR Y DE OTORGAR PODERES

El presidente de la Asociación, que según consta en el artículo 35 de los Estatutos es quién representa a la misma, ha sido operado de urgencia por un desprendimiento de retina, sin que le sea posible por tanto acudir ni al acto ni a una notaria a fin de otorgar los poderes para pleitos.”

Por nuestra parte aprovechamos la ocasión para desearle una favorable y pronta recuperación.

Y en lo que respecta al acto en sí, estamos enormemente satisfechos y contentos de que, tal y como se manifiesta en el MOTIVO PRIMERO de la solicitud de suspensión del referido señalamiento, la AEBDC no se oponga ni se niegue a la práctica de la diligencia preliminar. Creemos que es motivo de orgullo para todos los socios de la AEBDC el que los dirigentes de nuestra Asociación mantengan esta actitud de colaboración para con la Justicia. Sin embargo, y como este tipo de manifestaciones ya las hemos oído con anterioridad y ante más de 200 testigos, permítannos ser prudentes y hacer nuestra esa frase popular que dice algo así como “¡…si no lo veo, no lo creo!”

En este momento, permanecemos a la espera de la resolución que pueda tomar la Juez, por lo que en previsión de un nuevo señalamiento, rogamos a nuestro Presidente que otorgue los poderes pertinentes a alguien de su confianza para que no se tenga que posponer de nuevo la exhibición de los documentos solicitados o, en su defecto, recuerde a los abogados de la asociación el artículo 36 de los estatutos

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16/03/2010
Requerimiento judicial para la exhibición de documentos y cuentas sociales

Después de la Asamblea Ordinaria de la AEBDC celebrada en Junio de 2008, siguiendo las indicaciones que allí mismo nos dio el Sr. Marc de Robles, asesor de la Junta Directiva, solicitamos una cita para acudir a las oficinas de la AEBDC y poder ver los soportes documentales de varias partidas contables que, con la poca información que proporcionaron, no acabábamos de entender.

No vamos a detallar de nuevo todos los mails y cartas certificadas que enviamos entre Julio de 2008 y Febrero de 2009 y que no han tenido respuesta por su parte, pero sí vamos a recordaros que en todas esas ocasiones se negaron a que los socios tuviesen acceso a las mismas, en contra de la opinión de su asesor, y en contra también de lo que establece el ordenamiento jurídico.

El día 16 de Febrero de 2009 se envió a la AEBDC, por burofax, una petición ya más formal a través de un bufete de abogados. Aún así la Junta Directiva se reitera en su negligente actitud, ignorando a los abogados, a nosotros y al resto de asociados que, haciendo uso de sus derechos, pretendían tener conocimiento del detalle de la contabilidad de la asociación.

El día 11 de Junio de 2009, en representación de todos los miembros de ProBaile, se presenta en los juzgados de Barcelona un requerimiento para la exhibición de dichos documentos contables.

Pues bien, como era de esperar, la justicia nos ha dado la razón y así, el 8 de febrero de 2010, la Magistrada Juez Dña. María Eva Mimbrera Torres del juzgado de Primera Instancia 2 de Barcelona, en el procedimiento de Diligencias Preliminares 72/2010, acuerda acceder a la petición consistente en EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS Y CUENTAS SOCIALES como previa al proceso que se propone frente a la AEBDC.

El día 3 de Marzo de 2010 recibieron en las oficinas de la AEBDC el requerimiento oportuno con el señalamiento de la fecha para la práctica de las diligencias preliminares, en el que se advertía a la parte demandada (la AEBDC), que disponían de los 5 días hábiles siguientes para presentar oposición al acto si lo estimaban oportuno o consideraban que tenían motivos suficientes para ello. Y creíamos que, después de habernos negado el acceso a las cuentas en repetidas ocasiones, sí tendrían, aunque a nosotros no nos dieran ninguna justificación en su momento, motivos más que suficientes para oponerse a esta medida. Pero otra vez se demuestra que la actitud mantenida por los dirigentes de la AEBDC no era más que otra “bravuconada” del que se cree con la autoridad suficiente, aunque no ética, ni coherente, ni desde luego legal, de vulnerar los derechos de los asociados al impedir de forma voluntaria y consciente el examen y conocimiento de las distintas partidas contables, que era lo único que se pretendía con la petición.

Y así nos encontramos con que el día 19 de Marzo de 2010, a las 12:00h, en el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Barcelona, se llevará a cabo el procedimiento de diligencias preliminares en el que un representante de la AEBDC deberá presentarse en la Secretaría de este Juzgado con los documentos y cuentas sociales que justifiquen las partidas solicitadas por la parte demandante.

Lamentamos profundamente el que se haya llegado a esta situación, pero no podíamos permitir de ninguna de las maneras que se siguiera ninguneando a las personas que con su esfuerzo diario de muchos años, dan soporte a esta asociación en el sentido más amplio de la palabra. Lo lamentamos.

Sabemos que nadie, absolutamente nadie, se ha apropiado de dinero de la AEBDC . Pero también sabemos que el uso que se ha hecho del mismo es más que reprobable. Lo sabemos.

Queremos que se respete a todos los asociados por igual, que no se utilice la posición de prevalencia de la que algunos miembros disponen para coaccionar a los socios, ni tampoco para coartar su libertad ni sus derechos, y también queremos volver al cauce de la normalidad, la razón, y el sentido común. Lo queremos.

Y esperamos que aquel o aquellos responsables de que la AEBDC se haya visto involucrada en un proceso judicial con su torpe, negligente y, tal y como ha quedado demostrado, ilegal actitud, respondan y se responsabilicen de la misma ante la justicia y, por encima de todo, ante los socios de la AEBDC. Lo esperamos…

Grupo ProBaile
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04/03/2010
1ª Asamblea Extraordianria de la AEBD

El día 11 de Diciembre de 2009 D. Luis Vañó, presidente provisional de la AEBD, convoca una Asamblea General Extraordinaria para el día 27 de Diciembre. Adecuadas fechas para celebrar una Asamblea, buscando, como siempre, la máxima participación y consenso.

Nos comunican que la documentación sobre los puntos del Orden del Día estará disponible a partir del 23 de Diciembre. Apurando, apurando, la envían por mail a los que la solicitamos a las 19:00h del 23 de Diciembre. Vamos que tenemos la Noche Buena, Navidad y San Esteban (los catalanes) para poder leer, entender y asumir toda la reforma de los Estatutos, el Régimen Disciplinario, el sistema de afiliación,… nada, minucias.

Se nos dice que esta premura se debe a que hay unos plazos que cumplir, que ahora ya tenemos una reglamentación del CSD a la que ajustarnos… en fin, la misma canción de siempre,… pero como siempre, sin explicar cuáles son esos plazos ni la finalidad concreta que tiene su cumplimiento.

Y resulta curioso que para unas cosas sean tan escrupulosos cumpliendo plazos, y para otras se los salten a la torera. En esta Asamblea de la AEBD repitieron hasta la saciedad que a finales de Enero convocarían otra para aprobar el Censo y el Reglamento Electoral. Estamos a principios de Marzo y ni Censo, ni Reglamento, ni Asamblea. Del mismo modo llegaremos a Abril (otra fecha clave en el calendario, repetida con regularidad en el blog de presidencia) y las elecciones estarán todavía durmiendo en el tintero.

También aseguraron que “en breve” (frase ya mítica) publicarían el acta de la Asamblea y toda la información sobre licencias y cuotas que se había aprobado en la misma. Ahora ya tenemos la completa seguridad de que nuestro concepto de “en breve” difiere en mucho del concepto que tiene la Junta “en funciones” de la AEBDC y “provisional” de la AEBD.

En una sociedad democrática, en una Asociación/Agrupación democrática, cualquier actividad pública debe ser transparente y asequible a todos, aunque muchas veces se constituyen núcleos burocráticos que tienden a convertir su actividad en un secreto, y es esta “cultura del secreto” el ámbito fértil para el predominio de la arbitrariedad y el totalitarismo. Sin la información a la que todos tenemos derecho es imposible el ejercicio de la libertad de expresión como una de las formas legítimas de control social de la gestión de nuestros dirigentes.

Hemos esperado un tiempo que consideramos más que prudencial para hacer público nuestro resumen de lo que fue la Asamblea. No es, ni quiere ser, un acta oficial. Ni siquiera extraoficial. Es simplemente lo que anotamos y entendimos varios de nosotros, que estuvimos presentes y que queremos compartir con todos vosotros,…

…porque vale más estar MALinformado que DESinformado.

Resumen 1ª Asamblea Extraordinaria AEBD

Grupo ProBaile
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15/02/2010
Parejas NO presentadas
Enviado a la AEBDC el Lunes 15 de Febrero de 2010

A/A COMISIÓN TÉCNICA DE LA AEBDC

Estimados Señores:

En atención a lo establecido en el artículo 46 del Reglamento de Competiciones:

“Los puntos se reparten en función del número de parejas participantes al cierre definitivo de la inscripción. La pareja inscrita que en el momento de la competición no se presente, debe figurar en la relación de parejas final sin puntuación y la indicación de N.P. (No presentada). A la pareja con la indicación N.P: no les servirá esta competición como valida para el Escalafón.
Las parejas podrán darse de baja en una competición sin justificación
como máximo hasta la fecha de cierre de inscripción.
Las parejas que se den de baja después del cierre de inscripción deben aportar un justificante por carta, se puede anticipar por fax o e-mail, pero no será oficial, que será enviada a la AEBD o en su caso
Las parejas que no se presenten sin justificación acreditada (valorada por la Comisión de Competiciones), tendrán una penalización de 500 puntos en la mejor puntuación obtenida en las competiciones validas para el Escalafón, excepto las parejas de la Categoría A que perderán la puntuación de la mejor competición.
Esta penalización vencerá un año después.”


Queremos poner en su conocimiento que desde hace ya algún tiempo se están produciendo graves incongruencias con respecto a las parejas que NO BAILAN en las competiciones estando inscritas, y sin embargo sí aparecen en los resultados oficiales de los distintos equipos de escrutinio. Este hecho, tiene una especial repercusión con la puesta en marcha del Nuevo sistema de Puntuación para la Categoría A, ya que estas parejas que NO BAILARON en la competición, están recibiendo puntos que no les corresponden, les están computando la competición a efectos de los distintos Campeonatos de España y además tampoco se les está sancionando, en contraposición a aquellos casos de parejas en los que sí se ha notificado su ausencia.

Por eso, y siendo conscientes de que estas situaciones pasadas ya no tienen una fácil solución, permaneciendo el ranking viciado hasta final de temporada, solicitamos que con carácter inmediato se convoque tanto a los Directores de Competición como a los equipos de escrutinio implicados para aunar criterios uniformes y que estas situaciones desagradables, innecesarias y fácilmente evitables no se sigan produciendo.


Grupo ProBaile

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11/02/2010
Acta Asamblea 2009
Solicitud enviada a la AEBDC el Jueves 11 de Febrero de 2010

A/A JUNTA DIRECTIVA DE LA AEBDC

Estimados Señores:

Muy a su pesar seguimos pensando que las normas y su cumplimiento son el único mecanismo formal que nos iguala a todos ,evitando el funcionamiento caciquil , dentro de la que creemos aún sigue siendo la Asociación Española de Baile Deportivo de todos nosotros.

En la última Asamblea desde la Junta Directiva se nos dijo que no se había sometido el Acta de la Asamblea General 2008 a la ratificación de los interventores, tal y como establecen los Estatutos de la asociación, porque lo consideraban un mero formalismo y que lo importante y primordial eran los asociados, motivo por el cual la habían hecho pública en la página web de la AEBDC con carácter prioritario.

Pues bien, parece que después de conseguir el voto, los asociados les importan, digamos que algo menos, ya que es el primer año que en Febrero todavía no se ha publicado en la Web el Acta provisional de la Asamblea.

Les recordamos que según el artículo 30 párrafo 3 de los Estatutos de la Asociación, “El acta la puede aprobar la misma Asamblea o la pueden aprobar por delegación los interventores que, en un número de 3, haya designado la misma asamblea y no pudiendo recaer dicho nombramiento en un miembro de Junta Directiva, en un plazo máximo de 30 días, los cuales han de firmar el acta junto con el presidente y el secretario, de la cual se dará cuenta se dará cuenta a los miembros de la Asamblea, en un plazo máximo de 3 meses desde la fecha de aprobación.” por lo que solicitamos que se haga pública con carácter inmediato o nos faciliten una copia de la misma, por tener derecho a su conocimiento en calidad de interesados.

Así mismo queremos recordarles que durante el desarrollo de esa misma Asamblea prometieron públicamente desglosar al detalle ciertas partidas contables que, a pesar de avisarles con reiterada y suficiente antelación, no fueron capaces de explicar ni poner a disposición de los miembros de la Asamblea durante el desarrollo de la misma.

Esperando su respuesta con la rapidez a la que nos tienen acostumbrados, se despide atentamente

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11/01/2010
Ranking A, Campeonatos de España y más información

El jueves 24 de Septiembre de 2009, exactamente a las 22:54 h. un e-mail de la Comisión Técnica confirma que para las parejas de la categoría A que están agrupadas pero sólo baila una de su grupo de edad : “como no se comparan con parejas de su edad no pueden tener puntos, y si no pueden tener puntos no constan en el ranking, si no constan en el ranking no pueden ir a los campeonatos” (transcripción literal)

Esta particular apreciación de la Comisión Técnica no se ha reflejado nunca oficialmente en ningún comunicado, y subrayamos lo de particular porqué ya demostramos hace algún tiempo que este silogismo no es cierto ya que TODAS las parejas que bailan puntúan poco o mucho.

El lunes 16 de Noviembre de 2009 nos enteramos de que: “si una pareja de un grupo de edad queda sola dentro de una agrupación A no obtendrá puntos para el ranking, pero SI QUE SE TENDRÁ EN CUENTA SU PARTICIPACIÓN DE CARA A LOS CAMPEONATOS DE ESPAÑA” (link con el doc)

Ahora la cosa queda así: Como no se comparan con parejas de su edad no pueden tener puntos, y si no tienen puntos no constan en el ranking, pero aunque no consten en el ranking pueden ir a los campeonatos.

Si nos sorprende la falta de criterio y la improvisación, todavía nos sorprende más que nos tengamos que enterar de estas decisiones a través de las Web de distintos equipos de escrutinio. ¿La Comisión Técnica no puede utilizar la Web de la AEBDC?

Y quedan más preguntas en el aire: ¿Se aplicará esta decisión publicada el 16 de Noviembre con efectos retroactivos? ¿Cuándo se tomó esta decisión? ¿Por qué no se notifica de forma oficial para que se enteren todas las parejas? No todo el mundo entra por casualidad en una determinada página Web.

Pero esto es sólo una pequeña muestra de la nula información que se da sobre como se está aplicando realmente el nuevo sistema de puntuación para la categoría A. Con algunos emails y muchas llamadas hemos ido recopilando alguna información que ponemos a vuestra disposición en el documento que podéis leer clicando AQUÍ. (Tenemos confirmación de todo lo que explicamos y que difiere o no consta en el documento original todavía publicado en la Web de la AEBDC)

Si sobre el ranking, que según dijo Santiago Sáinz en la Asamblea “es lo que realmente importa a los competidores”, dan tan poca y tan confusa información… ya podemos intuir porqué sobre otros temas relevantes pero “no tan importantes para los competidores” la información es simplemente INEXISTENTE… pero esto será tema para otro día


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23/12/2009
Asamblea Extraordinaria de la AEBD

Tras efectuar una llamada telefónica a la AEBDC para confirmar el horario en que se podría pasar a recoger la documentación relativa a la Asamblea Extraordinaria de la AEBD que se celebrará el próximo Domingo 27 de Diciembre, se informa, a las 10:30 h. de la mañana de hoy Miércoles 23 de Diciembre, que la documentación todavía no está disponible y que, según les ha comunicado el asesor legal de la misma, el Sr. De Robles, espera tenerla terminada durante la tarde del día de hoy.

Documento oficial para delegar la representación

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05/11/2009
Recoñecemento Baile Deportivo

Hola a todos:
Me he tomado la libertad de ponerme en contacto con vosotros con el único fin de que colaboremos para alcanzar un objetivo que creo nos es común, y que no es otro que el reconocimiento del Baile Deportivo y de Competición como Modalidad deportiva en nuestra Comunidad Autónoma,… GALICIA.

Después de la reunión mantenida por diversos miembros del mundo del baile deportivo en A Estrada, en octubre del año 2008, y tal y como allí me había comprometido, comencé a recopilar la documentación que consideraba necesaria para realizar la SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO COMO MODALIDAD DEPORTIVA DEL BAILE DEPORTIVO Y DE COMPETICIÓN, habiéndola presentado ante la antigua Dirección Xeral para o Deporte con fecha de 27 de enero de 2009.

Tras ello he recibido notificación por escrito y telefónica que dicha solicitud sería valorada por el servicio competente a los efectos de tal reconocimiento.

Además, tengo confirmación de palabra del Técnico resposable de que el informe que emita sobre el baile deportivo será favorable a nuestros intereses.

Tras dar estos pasos he solicitado en diversas ocasiones ante la Asociación Española de Baile Deportivo y de Competición (AEBDC), la última de ellas durante la celebración de la Asamblea General Ordinaria de esta asociación el 6 de julio de 2009, que se nombrara, sugiriera, indicara,… o lo que sea, a la persona o personas que han de encargarse de realizar las “negociaciones políticas” con el órgano administrativo competente en materia de deporte para llevar esta iniciativa a buen puerto, cosa que a día de hoy no se ha producido,… o al menos yo no tengo conocimiento de tal circunstancia.

Después de diversas conversaciones, escritos y demás con responsables del baile deportivo de este país, he llegado a la conclusión de que esta iniciativa tiene que ser encabezada y llevada a cabo por los que estamos directamente afectados por esta situación, y que no somos otros que todos aquellos que practicamos baile deportivo en Galicia.

Es por eso que solicito vuestra colaboración (o mejor dicho,…. os ofrezco la mía) para conseguir que nos reconozcan como DEPORTE en nuestra comunidad.

La próxima semana remitiré a la Secretaría Xeral para o Deporte, dependiente de la Presidencia de la Xunta de Galicia, (…todo ello con la inestimable y desinteresada colaboración de la Federació Catalana de Ball Esportiu) la documentación que se me ha requerido por parte del técnico responsable como complemento a la solicitud enviada.

Siguiendo sus propias recomendaciones, el siguiente y más importante paso sería solicitar una reunión con el Secretario Xeral para o Deporte, en la que estén representados la totalidad del colectivo y, a poder ser con gente de diversas “ramas” y de diversidad de lugares, pues considera que la plasmación de la pluralidad y el apoyo que por parte de la mayoría se preste a esta iniciativa es un elemento fundamental para su consecución.

Con ese deseo de conseguir un apoyo total al proyecto, os remito este mensaje y os dejo los datos necesarios para contactar conmigo y llegar a un acuerdo sobre el cuándo y el cómo de esa reunión y de todos los pasos a dar. De la misma forma, os pido por favor que trasladeis esta comunicación a todas aquellas personas relacionadas con el baile deportivo que considereis deben ser conocedoras de la misma, pues no dispongo de ninguna otra forma de contactar con todos los implicados.

Aún así intentaré dar publicidad a la misma en todos los foros públicos que me sea posible. Y nada,… que aquí os dejo mis datos:

PABLO CHAO RAMIL
Tlf.: 620 177 228
Email: pablochaoramil@yahoo.es - pablo.chao.ramil@xunta.es

Socio AEBDC nº 3700


Un saludo a todos, y espero veros pronto.

P.D.: Se remite copia de esta comunicación a la lista de correo de BADEGA, a la AEBDC y a la AEBD.
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20/10/2009
Adhesión de Clubes a la AEBD

Para agilizar los trámites requeridos a los Clubes que quieran solicitar la adhesión a la AEBD, os facilitamos un modelo de:

Esperamos que os sean de utilidad

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05/10/2009
Puntuación categoría A

ATT. COMISIÓN TÉCNICA DE LA AEBDC
1 de Octubre de 2009

NUEVO RANKING CATEGORÍA A

Estimados Sres.:
En estas primeras competiciones ha habido una serie de parejas que no han podido puntuar para el Ranking porqué eran las únicas de su grupo de edad y categoría. Esta situación no es un hecho aislado, sino que se va a repetir habitualmente a lo largo de la temporada

Existen grupos como el Senior III A Latino, el Adulto II A Standard y Latino o cualquiera de los Junior II A, que en el conjunto del Estado no alcanzan las 12 parejas repartidas por las diferentes autonomías, con lo que está bastante claro que el hecho de que 2 parejas de estas categorías coincidan en la misma competición y esta les sirva para puntuar, será una situación que difícilmente se producirá cinco veces a lo largo de la temporada.

Creemos que está situación tiene que solucionarse ya que deja en clara desventaja a las parejas de la categoría A en relación a las de la B o C que, al seguir el antiguo sistema de puntuación, pueden puntuar sin problemas aunque sea la única de su agrupación.

Seguimos opinando que este sistema de ranking NUNCA SERÁ UN RANKING JUSTO QUE REFLEJE QUIENES SON LAS MEJORES PAREJAS DE ESPAÑA.

Aún así, seguimos queriendo trabajar para mejorar nuestro deporte, el Baile Deportivo y de Competición, porqué como entrenadores y por el bien de los socios/deportistas de nuestros respectivos Clubes Deportivos somos los principales interesados en que nuestro deporte progrese lo más posible y por este motivo queremos hacer llegar una propuesta para que la Comisión la tenga en cuenta.

PROPUESTA DEL GRUPO PRO BAILE

El criterio de la Comisión Técnica es: "no pueden compararse con nadie = no puntúan = no salen en el ranking = no cuenta para el campeonato de España".

Una lectura y aplicación rigurosa del nuevo sistema de puntuación para la categoría A permite a las parejas de esta categoría bailar y puntuar mediante la asignación de los puntos que son inherentes a la competición, independientemente de quien o cuantos bailen. Y así,...

EJEMPLO PAREJA “X”:

Base 1: 0 puntos (no hay más que 1 pareja)
Base 2: 5 puntos (Bailan una ronda)
Base3: 0 puntos (no superan a nadie de su grupo propio, vale...)
Adic 1: 5 puntos (7 jueces) o los que correspondan según el número de jueces.
Adic 2: 5 puntos, 2.5 ptos., 0 puntos (si están entre el 1 y el 6, o entre el 7 y el 12 del Ranking)
Adic 3: 0 puntos (no superan a nadie, porqué no hay nadie a quién superar)
Plus Territorial: ...en función de la comunidad en la que bailen

Incluso en la peor hipótesi (5 jueces, no es pareja entre el 1 y el 12) los 5 puntos por bailar una ronda los tiene asegurados, de la misma forma que los tiene la pareja que queda última de 25… o de los que sean

TOTAL PUNTOS: 5/ 10 / 12,5 /15 puntos + plus territorial si corresponde

CONCLUSIÓN: SI QUE PUNTÚAN = SALEN EN EL RÁNKING = CONTABILIZA PARA EL CAMPEONATO


Esperamos que dediquen unos minutos de su tiempo a valorar esta propuesta que no tiene un objetivo crítico sino el de colaborar para encontrar una solución a un problema que ya se ha puesto de manifiesto en las tres primeras competiciones de la temporada


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17/07/2009
Asamblea 2009

La existencia del Grupo Pro Baile ha originado una situación nueva en la historia del Baile Deportivo en España. Hasta este momento las Juntas Directivas de la Asociación han sido votadas sin que existiera ninguna alternativa y la única oposición que tenían a su gestión eran los comentarios en “petit comité” que se hacían en reuniones, competiciones…

Creemos que la diversidad de opiniones y la existencia de alternativas es positiva para el colectivo porque genera actividad, obliga a tomar decisiones y se retoman o inician nuevos proyectos. Nos ha sorprendido que esto no haya sucedido en este caso. A lo largo de este año hemos ido tomando conciencia de la gran importancia que tiene para esta Junta Directiva su continuidad y pensamos, sinceramente, que han antepuesto este interés a las necesidades del colectivo.

La Asamblea General Ordinaria debería ser un debate sobre las actuaciones y propuestas de la Junta electa, y eso es lo que se somete a votación. No se contempla el que puedan votarse propuestas alternativas, por lo que no tendría sentido presentarlas.

Si 300 socios conocen y tienen muy presente el contenido del resumen de la Asamblea 2008 publicado hace más de un año y lo aprueban como Acta oficial, lo respetamos.
Si 300 socios consideran que la gestión deportiva de la Junta Directiva es la correcta y responde a sus inquietudes y necesidades, lo respetamos.
Si 300 socios están de acuerdo en que tenemos los mejores jueces, lo respetamos.
Si 300 socios han leído y entendido el nuevo sistema de Ranking A y lo aprueban, lo respetamos.
Si 300 socios opinan que la gestión económica de la Junta Directiva es clara, transparente y no necesitan explicaciones a los 12.304€ de déficit del ejercicio 2008 frente a los 53.328€ de superávit del ejercicio 2007, lo respetamos.

Lo respetamos a pesar de todas las irregularidades cometidas durante la Asamblea: alteración del Orden del día, inclusión de los puntos 5/6/7 en el Informe del Presidente con el consiguiente desconcierto en el momento de someter a votación estos puntos, votación de modificaciones al articulado del Reglamento de Competiciones que no se habían dado a conocer con anterioridad, negación de la palabra a algunos socios…

Del mismo modo pedimos y esperamos el mismo respeto para todos los socios que opinaron, y tienen todo el derecho de seguir opinando, lo contrario.

Estamos muy satisfechos de haber conseguido estos dos últimos años una alta participación de los socios en las Asambleas, rompiendo la dinámica existente de no participar, de que “...es igual...”, de “…para qué…”. No se puede dudar en ningún momento de que este cambio se ha producido gracias, principalmente, a la existencia de este, como se empeñan en decir, “autodenominado Grupo Pro Baile”.

No nos ha sorprendido el resultado de ninguna de las dos Asambleas, era el esperado. Como en todos los colectivos, y el nuestro no tiene porqué ser una excepción, es más fácil movilizar a los que tienen algo que perder que a los que tienen algo que ganar. Pero el objetivo principal consistía en que los socios tomaran conciencia de que su presencia, su voz y su voto es importante y necesario y eso lo hemos conseguido sobradamente.

Vamos a seguir trabajando con seriedad y constancia para intentar convencer cada día a un socio, a un Club,... de que es posible y necesario un cambio.

Vamos a seguir trabajando hasta que se convoquen unas Elecciones Generales en las que, en igualdad de condiciones, presentar un proyecto deportivo y de gestión alternativo y dejar que sean, entonces sí, las urnas las que decidan.

Hasta ese momento deseamos a esta Junta Directiva, a su Presidente y a todos los socios que le han apoyado mucha suerte en todos los proyectos de futuro, en los retos que tienen por delante y esperamos que Luis Vañó tenga muy presente que, a pesar de nuestra oposición a su gestión, sigue siendo el Presidente de todos los socios. Nosotros así lo consideramos.

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02/07/2009
Segunda solicitud

 

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02/07/2009
Cuestiones con carácter previo (enviado a la Junta Directiva y a la Comisión Técnica de la AEBDC)

Después de la experiencia de la Asamblea 2008 en la que el moderador restringió en gran manera las intervenciones de los socios, y como este año tenemos muchas dudas y muchas preguntas que hacer a la Junta Directiva, les avanzamos con carácter previo una serie de cuestiones para las que no tenemos respuesta todavía.

Es de suponer que algunas de ellas ya estén previstas en el “Informe del Presidente”. Pero como no se ha adjuntado en la documentación previa de que constará dicho informe, las formulamos de antemano para que no se queden sin resolución por parte del órgano competente de esta asociación.

Sr. Presidente, para que no le quepa ninguna duda: SÍ ESPERAMOS RESPUESTA A NUESTRAS PREGUNTAS. Están formuladas desde la seriedad y el estudio de los diferentes textos a los que hemos tenido acceso y sólo buscan conseguir algún tipo de consenso que beneficie a todo el colectivo del Baile Deportivo.

Para facilitar la lectura se adjunta en formato PDF

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30/06/2009
Transparencia y claridad en la información a los socios

Ante esta respuesta de la Junta Directiva estamos indignados por la falta de respeto que demuestran a los socios, al cumplimiento de los Estatutos y a su propia palabra.

La siguiente información del Sr. Marc de Robles, no nos la inventamos, ni siquiera la interpretamos,... se puede leer textualmente en el Resumen de la Asamblea publicado en la Web oficial de la AEBDC

(ver Resumen Asamblea 2008 Intervenciones sobre la Aprobación de Cuentas …. El Asesor Jurídico explicó que la Asamblea no es el sitio adecuado para solicitar detalles exhaustivos de las partidas, porque de ser así la duración podría "eternizarse", además para eso está a disposición de los socios toda la información económica con 15 días de antelación para que quien lo desee pueda solicitar los detalles y explicaciones previamente y en todo caso manifestar en la Asamblea su opinión al respecto y debatir sobre algo concreto……)

El año pasado, por desconocimiento, pensamos que la Asamblea era el momento idóneo para que se nos explicara el contenido pormenorizado de una serie de asientos. La Junta Directiva en su documento “Aclaración sobre ciertas partidas contables” publicado en su Web el 4 de Julio de 2008, nos informa a todos muy claramente del proceso correcto a seguir para examinar al detalle las distintas partidas del balance.

Extracto del documento:

Sin menoscabo del derecho que todo socio tiene a solicitar previamente esa información, esta Junta Directiva, ha creído conveniente publicar el detalle completo, así como hacer las siguientes puntualizaciones, no sólo por el compromiso que adquirió de informar en breve sobre dichas partidas, sino también y de especial manera, para evitar que la utilización de informaciones sesgadas puedan llevar a mal interpretaciones o conclusiones erróneas:

Conclusión final
Queremos suponer que las intervenciones aludidas, si no utilizaron su derecho a solicitar dentro de los quince días la información complementaria o el desglose de partidas, fue por mero desconocimiento de la norma, y que realmente no fueron conscientes de que pedir unos detalles que la Asamblea no puede facilitarles en ese momento, podría dar una sensación errónea respecto a la situación de las cuentas.
Esta Junta Directiva, espera que la información publicada, sirva para dejar aclarado un aspecto sobre el que no estamos dispuestos a consentir la mínima especulación a menos que sea totalmente fundada y documentada. Por supuesto, cualquiera que lo solicite previamente, podrá si así lo desea, consultar los correspondientes justificantes contables y los soportes documentales.

Se puede leer el documento completo clicando AQUÍ.

Este año gracias a sus informaciones ,que realmente nos hemos creído, hemos solicitado tal como ellos mismos nos indicaron la información sobre algunas partidas del ejercicio 2008 dentro de los 15 días preceptivos.

Y ahora, cambian el discurso: no son 15 días, sino media hora antes de la Asamblea.

Sr. Presidente, Srs. de la Junta Directiva: Antes de entrar en la Asamblea queremos ver, no solo el detalle, sino también los soportes documentales (facturas, tickets, recibos…) de TODAS las partidas que hemos solicitado. Esto quizá nos ocupará más de media hora, pero no va a empezar la Asamblea hasta que podamos tener completa toda la información a la que tenemos derecho por Ley y conforme a lo estipulado en los Estatutos que rigen esta Asociación.

Recordamos que, a pesar de toda su palabrería, todavía no han enseñado los detalles pedidos sobre los ejercicios 2006 y 2007.

¿QUIZÁS HAY PARTIDAS DE SU GESTIÓN ECONÓMICA QUE CREEN NO DEBEN CONOCER LOS SOCIOS?

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29/06/2009
Solicitud enviada a la AEBDC

A la atención de la Junta Directiva de la AEBDC

Siguiendo las indicaciones de su Asesor Jurídico (ver Resumen Asamblea 2008 Intervenciones sobre la Aprobación de Cuentas …. El Asesor Jurídico explicó que la Asamblea no es el sitio adecuado para solicitar detalles exhaustivos de las partidas, porque de ser así la duración podría "eternizarse", además para eso está a disposición de los socios toda la información económica con 15 días de antelación para que quien lo desee pueda solicitar los detalles y explicaciones previamente y en todo caso manifestar en la Asamblea su opinión al respecto y debatir sobre algo concreto……) y de conformidad con lo que se dispone en el Art. 26 de los Estatutos de esta Asociación así como en el Art. 21 de la Ley Orgánica reguladora del Derecho de Asociación, sirva el presente para notificarles que el próximo Martes 30 Junio a las 4:30h los socios que suscriben pasarán por el domicilio social a efectos de consultar el detalle y los soportes contables de las siguientes partidas del ejercicio 2008 que van a ser objeto de aprobación en la próxima Asamblea General Ordinaria prevista para el 5 de Julio del año en curso:

• 17, Material de oficina, reparaciones y conservación 4.363€
• 18, Mantenimiento informático, Web y Top Dance News 12.980€
• 20, Federaciones y Delegaciones Regionales 10.055€
• 21, Desplazamientos 12.630€
• 22, Primas de Seguros 38.897€
• 26, Participación en gastos de jueces 4.990€
• 29, Asamblea general 3.839€
• 38, Gastos organización cursos y congresos 25.655€

Así mismo, siendo otra de las materias a tratar en dicha Asamblea, en su punto 3, la “Aprobación, si procede, del presupuesto para el ejercicio 2009”, y teniendo en cuenta que a fecha de la celebración de la Asamblea la mitad del presupuesto para ese ejercicio económico ya estará ejecutado, solicitamos a los efectos de un mayor conocimiento por parte de estos socios que suscriben, así como del resto de asociados que así lo deseen, se nos dé conocimiento del saldo en cuenta corriente del que dispone la AEBDC a fecha de la presente solicitud.


Barcelona, 29 de Junio de 2009

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22/06/2009
Desplazamiento a la Eliana

Al igual que ahora hace un año, volvemos a insistir en la importancia de participar en las Asambleas y, con más motivo, cuando nuestros propios dirigentes hacen todo lo posible para dificultarlo e impedirlo.

Si esta Asamblea no fuera realmente importante para el futuro de todo el colectivo del Baile Deportivo, con toda seguridad, la convocatoria hubiera sido muy distinta.

No tanto el lugar, sino más bien el día y la hora revelan la gran inseguridad que tiene la Junta Directiva sobre el posible resultado de las votaciones y, al mismo tiempo, la gran necesidad que tienen de ganarlas.

No sabemos realmente que puede pasar si el resultado de la Asamblea no fuera favorable al actual equipo directivo. Lo que si podemos aseguraros es que, si el resultado les es favorable, nos quedamos sin elecciones y tenemos Presidente y gestores nombrados por él para unos cuantos años más.

En el 2006 se votó en elecciones a una Junta Directiva cuyo mandato duraría cuatro años y sólo ese tiempo. En el año 2007, unos Clubs dieron su confianza a Luis Vañó para que “en breve tiempo” nombrara la Junta Gestora de la AEBD, elaborara el Censo Electoral y convocara elecciones.

Ahora, en 2009, por obra y gracia de su buen hacer, nos encontramos en la situación de que sin elecciones y sin renovación de una confianza otorgada hace ya demasiado tiempo, este Presidente con su Junta Directiva tratan de aposentarse en la Presidencia unos cuántos años más.

Es muy probable que hasta 2012 tengamos a las mismas personas, con los mismos métodos y en los mismos cargos, sin haber pasado por unas elecciones, es decir, sin que los socios tengan ni siquiera la oportunidad de decidir a quién quieren para encauzar el futuro del Baile Deportivo.

La última oportunidad de evitar esta situación es asistiendo a la Asamblea.

Como hicimos el año pasado vamos a organizar, para vuestra comodidad, autocares para desplazarnos a Valencia. Para poder coordinar los puntos de salida os rogamos a todos los que estéis interesados nos hagáis llegar vuestro nombre, ya sea mediante vuestro Club o Escuela o por medio de un email a info@probaile.com antes del Lunes 29 de Junio.

Gracias a todos.

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18/06/2009
Reuniones Informativas

ARAGÓN
Domingo 21 de Junio a las 17:00h
E.B.S. Pilar Torcal & Jan Möller
C/ Lapuyade 1- 3, local - 50007 Zaragoza
CATALUNYA

Domingo 21 de Junio a las 12:00h
C.B.E. Wapachá
C/ Mare de Déu del Pilar 3, baixos - 43205 Reus

Domingo 21 de Junio a las 17:30h
C.B.E. Dandi
Av. Rafael Casanovas 62 - 08100 Mollet del Vallès

GALICIA
Domingo 21 de Junio a las 13:30 y a las 20:15
Porriño - Cafeteria "Chocolat" (saliendo del pabellón a la izquierda, bedidas no incluidas)
EUSKADI

Domingo 21 de Junio
Bilbao - Más información: trilen2003@yahoo.es

MADRID Domingo 28 de Junio a las 12:00h
E.B.S. Mambo Swing
C/ Molineros 18, Pol. Valdefuentes - Arroyomolinos (Madrid)

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16/06/2009
Carta a los socios

Estimado socio,

Un año más nos convocan a participar en la Asamblea General, órgano de máxima representación de la Asociación, añadiendo esta vez un panfleto propagandístico de la actual Junta Directiva con cargo, eso sí, a los fondos de todos los asociados y en beneficio única y exclusivamente de ellos, sus allegados y , hay que reconocerlo, de todos los socios que muy oportunamente PREVEEN NO PUEDAN ASISTIR A LA ASAMBLEA.

Y a día de hoy, Luis Vaño todavía no entiende “…que objetivos perseguimos…” Pues creemos que está bastante claro, se lo dijimos hace aproximadamente un año con el apoyo de 344 asociados, muchos más de los que le han otorgado a él su confianza en todas las Asambleas convocadas hasta la fecha:

QUEREMOS LA CELEBRACIÓN DE UNAS ELECCIONES A LA AEBDC justas y democráticas, en las que TODOS los asociados puedan elegir libremente, entre todas las candidaturas que se presenten, a las personas que desean para dirigir la Asociación y un COMPROMISO por su parte de que ese mismo equipo electo sea el que dirija la AEBD cuando se realice el traspaso de competencias de un ente al otro,.. si es que se llega a realizar.

Podríamos pasarnos folios y folios rebatiendo el escrito remitido, pero vamos a intentar resumirlo:

La gestión de esta Junta Directiva tiene tres etapas claramente diferenciadas:
La primera es recoger la herencia de juntas anteriores y aprovechar esa relativa inercia para no hacer NADA DE NADA. La segunda etapa es de OSCURANTISMO TOTAL, dedicada íntegramente a colocar los cimientos para asegurarse la presidencia de la AEBD a cualquier precio … y una tercera marcada por un constante QUIERO Y NO PUEDO, espoleado por su espíritu competitivo y por la existencia de este Grupo con el que, por desgracia para el colectivo del baile deportivo, no había contado hasta el momento.

En tres años no han sido capaces de modificar, crear ni desarrollar nada con respecto a lo que teníamos en el año 2006, aunque ahora traten a toda prisa de introducir alguna novedad. Gran parte de sus actuaciones no son tal, sino que se encuentran todavía en “fase de desarrollo” ¿Necesitan cuatro años más para terminar de desarrollarlas?

Y así podríamos seguir con la total falta de transparencia, con la desinformación, con la negativa a enseñar cuentas, la denegación o aprobación de Competiciones a dedo, el incumplimiento reiterado del Reglamento de Competiciones, Jueces y Clasificación de Certámenes, el incumplimiento de lo señalado en los Estatutos, el incumplimiento del programa electoral, etc, etc etc…

=============================================================

Pero también queremos dedicarnos un poco de tiempo a nosotros mismos, que para eso pagamos de nuestro bolsillo este escrito:

El Grupo de Trabajo de Pro Baile (queremos diferenciarlo porqué el Grupo de Trabajo está formado por unas determinadas personas de Pro Baile, pero Pro Baile somos muchos más) ha trabajado este año, con reuniones semanales, encarando un futuro y actuando de oposición legítima y democrática a la actual Junta Directiva en el presente.

Son muchas las acciones que se tendrían que hacer en beneficio de la Asociación y de los socios/deportistas y sobre las que estamos trabajando: Recuperar el prestigio y reconocimiento internacional de este país, renovación y restructuración profunda del Ranking Nacional y del sistema de agrupación de edades, aumentar el número de parejas que compitan internacionalmente representando a nuestro país, revisión del seguro deportivo, revisión y adecuación del Reglamento de Competiciones, instar el reconocimiento del Baile como deporte en todas las comunidades autónomas con representación de esta disciplina,….

Como Grupo de Opinión, en oposición a la actual Junta Directiva, hemos denunciado acciones y decisiones con las que no estamos de acuerdo y hemos intentado dar a los socios la información que hemos podido reunir sobre temas en los que la Junta Directiva no informa (AEBD, por ejemplo), proporcionando de forma general otra visión de las cosas para que los socios, usando su criterio, puedan elegir y decidir libremente a quién dan crédito y a quién no.

Nos hemos querido situar claramente como oposición porqué no estamos de acuerdo con el enfoque que se da desde la Junta Directiva al futuro del baile, porqué no nos gustan los métodos que utilizan para ganar votos y para “castigar” a los que no opinan como ellos y porqué no confiamos en las personas que forman parte de la actual Junta Directiva.

En ningún momento, a lo largo de este año, hemos recibido de la Junta Directiva ninguna comunicación para reunirnos con ellos, por lo que ni siquiera pueden decir que NO HEMOS QUERIDO HACERLO. Por el contrario, todas nuestras comunicaciones vía email o carta dirigidas a ellos, todavía están sin respuesta de ningún tipo, simplemente LAS HAN IGNORADO.

El año pasado, el día 19 de Junio decíamos en nuestra Web con referencia a la Asamblea: “La elección del lugar (L’Eliana, Valencia) y del momento (coincidiendo con los Campeonatos de la Comunidad Valenciana) no pensemos que es casual ni fruto del azar. “

¿QUE PODEMOS DECIR ESTE AÑO?

Aunque pensamos que tanto el lugar como la fecha y hora de la convocatoria no son los más idóneos para que la Asamblea esté “constituida con criterios de representación democrática” (art, 16 de los Estatutos), es potestad de la Junta Directiva convocarla y, siempre que se ajusten a los Estatutos, tenemos que acatarlo y pensar que la elección del día y lugar habrá sido meditada, debatida y obedecerá a motivos plenamente justificados, cosa que por otra parte no dudamos que los tienen.

Que finalmente la composición de la Asamblea sea realmente representativa de la totalidad del colectivo o sólo de una parte concreta del mismo, no dependerá tanto de la voluntad de muchos socios a desplazarse y perder una noche de sueño o un día de trabajo, como de la intención implícita en la convocatoria de ponerlo MUY DIFÍCIL a la mayor parte de los asociados con derecho a voto.

NOS GUSTARÍA DISPONER DE UNA OPORTUNIDAD PARA DEMOSTRAR QUE LAS COSAS SE PUEDEN HACER MUCHO MEJOR

Para no alargar este escrito y poder profundizar en los temas que más os preocupen os convocamos a todos los que estéis interesados a las reuniones informativas que tendrán lugar el domingo 21 de Junio en:

ARAGÓN: Zaragoza - E.B.S. Pilar Torcal & Jan Möller a las 17:00h

CATALUNYA: Reus - C.B.E. Wapachá a las 12:00h / Mollet del Vallès - C.B.E. Dandi a las 17:30h

GALICIA: Porriño - Competición O Porriño

MADRID: Sábado 27 de Junio. Lugar y hora por confirmar (se anunciará en la web)


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12/06/2009
Acciones muy preocupantes

Desgraciadamente parece ser que en nuestro deporte lo de discrepar no acaba de entenderse como una opción absolutamente democrática y se dan circunstancias en las que, insistimos, desgraciadamente, personas responsables de nuestra organización institucional se olvidan de que el cargo que representan lo hacen en orden a un servicio a nuestro colectivo y no a la inversa.

El Grupo Pro Baile, compuesto por socios de pleno derecho de la AEBDC, a lo largo de este año ha conseguido aunar los esfuerzos, las ideas y las motivaciones de un grupo de personas dispares, lejanas geográficamente pero que comparten un objetivo común: cambiar el rumbo que lleva en estos últimos años la gestión del Baile Deportivo en España, conseguir un pleno reconocimiento tanto de las instituciones Nacionales como de las Internacionales y potenciar el crecimiento nacional basado en la representación real de las autonomías a través de sus clubes, y de estos a través de sus asociados, culminando así un proceso que será el resultado del esfuerzo de muchos durante muchos años.

El Grupo Pro Baile, además de trabajar para el futuro, durante estos meses ha actuado de oposición seria, rigurosa y educada a la gestión de la actual Junta Directiva, cosa perfectamente legítima en una sociedad democrática. Cuando llegue el momento de las elecciones, presentaremos, como no, las propuestas que hemos elaborado, pero hasta entonces la responsabilidad de gobernar, solucionar y enderezar entuertos no la tenemos nosotros.

Somos muchos, de eso estamos orgullosos, y el núcleo del Grupo de Trabajo está formado en estos momentos por: Joan Cayuela, Pablo Chao, Jesús Curto, Soledat Farré, Emma López, Jan Möller, Ferran Rovira, Jesús Rubio, Txus Pedrazo, Isabel Pérez, Javier Setien y Pilar Torcal. Con la colaboración de Marco Sietas estamos terminando un proyecto moderno, internacional y democrático como alternativa al que proponga, en el momento de las elecciones, la actual Junta Directiva.

Tristemente y, por que no decirlo, con bastante enojo, tenemos conocimiento de que personas allegadas al Grupo (mayores de edad, con capacidad de discernir y libres de elegir la opción que les apetezca) están sufriendo amenazas y presiones de tipo profesional por el hecho de ser una oposición totalmente democrática a la actual representación del baile deportivo en nuestro país.

Este tipo de actuaciones NOS PARECEN MUY GRAVES, más aún cuando provienen de personas que tienen la representación del colectivo. Estas personas no deberían mantenerse en un cargo para el que demuestran una total falta de conocimiento de lo que representan y de a quién representan.

Queremos poner esta información en conocimiento de todos los asociados y en manos de la Junta Directiva de la AEBDC para que tome las medidas correctoras oportunas, llame al orden a los implicados y reconduzca esta situación que, sin duda alguna, es perjudicial para todo el colectivo.

El “miedo a….” es un elemento recurrente en los foros anónimos para justificar el anonimato, el no denunciar, el no moverse por temor a no salir en la foto…

Los que tienen el poder pueden perjudicarnos, si esa es su intención, pero ese hipotético perjuicio quedará diluido cuantos más seamos los que denunciemos, los que estemos unidos para conseguir un cambio, los que perdamos el miedo… Podrán con uno, con 100 lo tendrán más difícil y con 1000 les será imposible.

Os animamos a todos, competidores, jueces, entrenadores… a dejar el “miedo” para los que lo utilizan como arma de poder. No podemos permitir que dirijan nuestras acciones y anulen nuestras convicciones amenazándonos,... con qué?… perder puntos, no juzgar, no organizar competiciones, no hacer escrutinios….?

Valoremos si lo que podemos perder es más importante de lo que, todos juntos, podemos ganar.


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11/06/2009
Pro Baile en Facebook

Aprovechando las nuevas tecnologías hemos abierto un grupo en el Facebook donde poder debatir, preguntar, responder... de forma más general que mediante la Web que no permite el debate o el e-mail que es personal.

Busca en el Facebook "Pro Baile" y agrégate. Es un grupo cerrado, para ser miembro has de ser invitado o aprobado por un administrador

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06/06/2009
Sorteo de jueces (... 2ª parte)

Como resumen general de la primera parte:

Distribución de competiciones (sorteo + invitación)

Distribución de competiciones (sorteo)

Gráfico de distribución de competiciones por Juez

Terminaremos aquí con el tema del SORTEO DE JUECES, añadiendo alguna variable más a la información incluida en el comunicado anterior, centrándonos un poco más detalladamente en las autonomías y haciendo públicas algunas aclaraciones a petición de los interesados. Así mismo, daremos un vistazo a algunos artículos del Reglamento de Jueces, muy apropiados para el tema que nos ocupa.

Como el tema es el SORTEO DE JUECES, en algunas listas utilizadas se han obviado las competiciones por invitación del organizador, dato este que aparece especificado en las mismas. Se han hecho constar en algunas ya que es una casuística contemplada en los distintos reglamentos, pero es irrelevante para las conclusiones que puedan sacarse sobre si el SORTEO funciona o no.

1.- Competiciones agrupadas por fechas: Demuestra claramente que alguna cosa no funciona:

 
Hay jueces que en el primer cuatrimestre de la temporada ya han salido por sorteo 3, 5 y hasta 6 veces, mientras la mayoría sólo habían salido una vez, en tanto que otros ni siquiera aparecen hasta el segundo o tercer período señalado.
Hay jueces que salen del bombo 2 y 3 semanas seguidas.
Hay jueces que salen a principio de temporada y que a partir de Enero/Febrero no vuelven a salir del bombo.


2.- Competiciones agrupadas por fechas: Primer Cuatrimestre: Consideramos que es el más propicio para hacer un análisis del sorteo, pues casi la totalidad de las competiciones realizadas ya estaban previstas en el Calendario desde el principio de la temporada, con lo que el sorteo debería ser mucho más exacto que en otros trimestres donde se van incorporando competiciones poco a poco y el sorteo se debe realizar con menor antelación.

Decir que esta situación no hace sino reforzar más aún nuestra teoría de que el sistema de sorteo aplicado no está funcionando como debería.

  2.1.- Primer Cuatrimestre: Catalunya
  2.2.- Primer Cuatrimestre: Valencia
  2.3.- Gráficos Primer Cuatrimestre

3.- Totales por Comunidad. Catalunya y Valencia tienen una hoja propia ya que son las Comunidades en las que, tanto por número de jueces, de competiciones y de asociados, se puede hacer un estudio preciso del sorteo de jueces.

Andalucía: Comunidad con 16 Clubes Deportivos y, por lo que parece, la bola de la única juez de la comunidad se perdió en Febrero.

 
Galicia: Tres jueces, uno de ellos no puede juzgar en Galicia ya que es el organizador, escrutinier o Director de Competición de todas las competiciones organizadas en su Comunidad (ocho hasta la fecha y cuatro más en camino), pero sí está en el Bombo Nacional y su bola sale 3 veces. Los otros dos jueces, se reparten las de su Comunidad Autónoma cai en su totalidad, pero no deben estar incluidos en el Bombo Nacional: una sola competición en Septiembre 2008 fuera de su Comunidad.

Madrid: Es curioso ver que los jueces de Madrid salen en Competiciones de casi toda España (Valencia, Galicia, Mallorca, Madrid) pero nunca juzgan en Catalunya.

 
Baleares: Por el contrario, los jueces de esta comunidad sólo salen en las competiciones catalanas.

Valencia: Hay cinco jueces (más nuestro Presidente) inexistentes en el Bombo Nacional, y algunos no empiezan a juzgar hasta Enero-Febrero, ni siquiera en su comunidad, cuando hay jueces que ya acumulan 3, 5 y hasta 6 competiciones.

Catalunya: 10 jueces de los que juzgan no lo hacen nunca fuera de Catalunya (no están en el Bombo Nacional) y 3 jueces que sólo juzgan fuera de Catalunya (no deben estar en el Bombo Autonómico,... o cualquier otra circunstancia que desconocemos debido a la poca transparencia del sistema)

4.- Distribución por Comunidades: En esta hoja hay cuatro gráficos:

El primero es lo que representan los jueces ACTIVOS en cada Comunidad.

El segundo representa el total de competiciones (sorteo, invitación y otros??) que han juzgado esos jueces en activo clasificados por comunidades y con respecto a la totalidad de veces que se ha juzgado.

Aquí es donde nos preguntamos ¿Por qué si cuando hablamos de TOTALES se guarda una proporcionalidad "relativa", no ocurre lo mismo cuando vemos los datos individuales de cada juez? Pues, a nuestro entender, porqué las competiciones no se han repartido proporcionalmente, tal y como establece el reglamento de jueces, sino que en un porcentaje demasiado alto han ido a parar a los mismos.

El tercer gráfico igual que el anterior pero únicamente con las competiciones realizadas, a priori, por SORTEO (...incluidas ciertas situaciones inclasificables).

El cuarto es lo que representa cada Comunidad dentro del total de competiciones organizadas hasta la fecha (31 Mayo 2009)

EXTRACTO DEL REGLAMENTO DE JUECES

Título 6º. El jurado en las competiciones aprobadas por la AEBDC
Todos los jueces Nacionales serán escogidos por sorteo a excepción de los jueces extranjeros, aunque sí deberán estar aprobados por la AEBDC.

Título 7º. Designación y sorteo de jueces en competiciones aprobadas por la AEBDC
Un juez será sancionado con una inhabilitación temporal de tres meses de su licencia para juzgar, en caso de que informe de su ausencia, en la competición a la que hubiere sido asignado, con una antelación inferior a un mes, salvo motivos médicos o causas de fuerza mayor, debidamente justificadas a la Comisión Técnica y aceptadas por la Junta Directiva de la AEBDC.

Título 9.º Jueces de Pasos

El Juez de Pasos no podrá sustituir a un Juez de Pista. En caso necesario, el Director de Competición tratará de suplirlo con algún juez presente en el recinto, al que no le contabilizará la competición a efectos de sorteo, o bien reducirá el panel de jueces. Solo en casos excepcionales, el Director de Competición podrá decidir otras alternativas debidamente motivadas y comunicadas a la Comisión Técnica de la AEBDC.

Anexo 4. Negativas de jueces a asistir a competiciones asignadas
Desde fecha de entrada en vigor de este reglamento, cuando un juez se niegue a asistir a una competición asignada, será penalizado y retirado del proceso de sorteo durante tres meses a partir de la fecha del certamen, a no ser que existan causas justificadas que deberán ser valoradas por la Junta Directiva de la AEBDC.
Si el juez es llamado a juzgar en un certamen con tan solo 1 mes de antelación, podrá negarse a asistir sin que cuente como penalizable. En caso de aceptar, se valorará como positivo y se tendrá en cuenta como mérito curricular por su predisposición.

Anexo 5
Es importante que, durante la temporada, todos los jueces participen de forma equilibrada en certámenes, cercanos y alejados, de su lugar de residencia.

Para ver documento completo clickar AQUÍ

ACLARACIONES

1.- Se ha modificado la competición de Benifaió, inicialmente adjudicada por error al Sr. Juan José Navarro, y se sustituye por la Sra. Juani Pérez, jueza que realmente juzgó la competición, a pesar de que en las hojas de escrutinio siga apareciendo el Sr. Juan José Navarro.

2.- Se ha eliminado la competición de Andorra ya que, debido a las múltiples versiones de una misma información, desconocemos si ésta fue tratada como una competición de la Comunidad Autónoma de Catalunya, si se la consideró una comunidad propia, si los jueces fueron asignados por sorteo, invitación u otras modalidades de adjudicación “desconocidas por el público”. A efectos de las conclusiones del informe no implica ningún cambio relevante.

3.- A petición del Sr. Siscu Pérez hacemos constar que nos informa por email que en la Competición Nacional de Salou juzgó a petición del organizador para sustituir a otro juez .

4.- A petición de la Sra. Araceli Castaño hacemos constar que nos informa por email (y otros medios públicos) de lo siguiente: en la Competición de l’Ametlla del Vallès sustituyó a un juez, por algún motivo que no especifica, en algunos grupos. En la competición de Alicante juzgó en sustitución de un juez enfermo. En la Competición de Stil juzgó en sustitución de un juez que tuvo algún problema. La competición de Andorra, donde también sustituye a alguien, ya la hemos eliminado.

5.- No modificamos las listas en aquellos casos en los que el juez previsto inicialmente es sustituido con antelación, ya que, por lo que conocemos del sistema, estas sustituciones cuentan a la hora del sorteo, es decir al juez sustituto le cuenta esa competición a efectos de próximos sorteos. De estar equivocados, sería de agradecer que el órgano competente nos informe sobre la efectiva aplicación del sistema.

6.- tenemos en cuenta lo alegado por la Sra. Araceli Castaño con respecto a la competición de l’Ametlla del Vallès, aunque creemos que no estaría de más algún tipo de explicación por parte de la Comisión Técnica o quien corresponda, al respecto de una posible infracción del artículo 9 del Reglamento de Jueces en vigor.


Todas estas aclaraciones las hacemos a petición de los interesados, porqué no nos importa hacerlas, porqué este estudio nunca se ha basado en las personas sino en el sistema y porqué, en el fondo, no hacen otra cosa más que reafirmar la opinión generalizada de que el Sorteo de Jueces,…. Señores y Señoras,…

NO FUNCIONA

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01/06/2009
Sorteo de jueces (1ª parte...)

Estaremos de acuerdo en que el actual sistema de Sorteo de Jueces no lo entienden ni los competidores, ni los organizadores ni, por supuesto, muchos jueces.

Si no estamos equivocados y según la información que tenemos, hay varias bolsas de sorteo (entendiendo que cada juez es una “bola” de esa bolsa, con un número asignado). Hay un sorteo nacional (o bolsa), que es independiente de cada una de las bolsas de cada autonomía.

Cuando un organizador pide sus jueces, se tiene en cuenta la autonomía desde la que organiza. El organizador tendrá derecho a un 40% de jueces de la bolsa autonómica, y un 60% de la bolsa nacional (donde están todos los jueces nacionales de todas las comunidades).

Un juez que ha salido por sorteo nacional, no debería volver a salir hasta que no han salido el resto de jueces de la bolsa nacional. Y lo mismo respecto a las bolsas autonómicas.

Cuando un juez es avisado con menos de un mes de antelación, puede negarse sin sufrir la penalización de salir de la bolsa del sorteo. Cuando se niega siendo avisado con más de un mes, pierde su turno, y no vuelve a salir hasta que han salido todos los demás.

Además, el organizador tiene el derecho de recusar un sólo juez de todos los que le han correspondido.

En los eventos que incluyen Competiciones IDSF, el organizador puede invitar a los Jueces IDSF españoles, lo cuales pueden juzgar también la Competición Nacional que se organice. Así mismo esta temporada, con la introducción del tipo 3 de competiciones, se ha introducido una nueva variable: los jueces de las competiciones de tipo 3 también pueden ser invitados por el organizador.

Por tanto, salvando las invitaciones, el sistema debería proporcionar un número más o menos equilibrado de oportunidades para juzgar a todos los jueces, excepto a aquellos que se niegan y son penalizados con la pérdida de “la tanda”.

Ante la nota publicada en la Web de la AEBDC de que en Septiembre se procederá al sorteo de jueces, creemos oportuno publicar un estudio de lo que ha sido el sorteo de esta temporada.

Las fuentes consultadas son el listado de jueces actualizado en fecha 23 de Febrero de 2009 en la Web de la AEBDC y las Webs de los distintos equipos de escrutinio. Las competiciones incluidas van de Septiembre a Mayo, desconocemos los jueces de las programadas para Junio.

1.- Listado de jueces

2.-
Total jueces: gráfico que muestra los jueces que hay, y de estos cuáles tienen la licencia activa y cuáles no. Hay un pequeño desfase entre los datos y las tablas debido a que los jueces Antonio Garrido Macias y Carmen Aznar a día de hoy aparecen como NO ACTIVO, pero han juzgado durante la temporada

3.- Distribución según categoría

4.- Jueces por Comunidad: incluye los tanto los ACTIVOS, como los NO ACTIVOS

Después de ver estos datos generales, vamos a ver que ha sucedido esta temporada 2008-2009 y como se han repartido los jueces:

5.- Ránquing general de jueces: total de competiciones juzgadas por cada uno

6.- Jueces por sorteo: no incluye las competiciones en que el juez ha sido invitado por el organizador

7.- Bombo Nacional: Incluye todas las competiciones que cada juez ha realizado fuera de su Comunidad Autónoma

8.- Bombo Autonómico: Incluye todas las competiciones que cada juez ha realizado en su Comunidad Autónoma. Entendemos que esto no implica que haya tenido que ser a través del Bombo Autonómico

9.- Jueces por sorteo en los Trofeos paralelos a los Campeonatos de España . Recordamos que, según las hojas informativas, todos los jueces nacionales de estos trofeos han sido por sorteo

10.- Distribución de Competiciones: en estos gráficos puede apreciarse claramente que el sistema de sorteo de jueces no funciona bien ya que las competiciones no se distribuyen, cuando menos, proporcionalmente

11.- Distribución por juez: resumen de cuanto, como y donde ha juzgado cada juez durante esta temporada 2008/2009 hasta el 30 de Mayo inclusive

No vamos a hacer valoraciones. Aquí están los datos objetivos,… que cada cual saque sus propias conclusiones

....CONTINUARÁ

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15/05/2009
1r. Aniversario

Apreciados socios,

Hace un año de la creación del Grupo Pro Baile, grupo que nace recogiendo el malestar notorio que existe entre muchos asociados debido a la mala o nula gestión que la actual Junta Directiva de la AEBDC ha llevado a cabo en sus tres años anteriores de mandato y que, desgraciadamente para todos, sigue manteniéndose en éste su último año.

En nuestro 1r Aniversario, queremos hacer balance.

El Grupo Pro Baile nace con tres objetivos muy concretos, plasmados desde el primer día en nuestra web.

1).- Recoger firmas suficientes para presentar en la Asamblea una propuesta para adelantar las elecciones

La respuesta a esta primera acción fue muy positiva. En pocos días y sin tiempo de informar demasiado al colectivo de socios se consiguieron más firmas de las necesarias según los Estatutos. Aunque la propuesta ni siquiera fue presentada a la Asamblea por un motivo técnico, aducido por la Asesoría Legal de la AEBDC, sí se consiguió gracias a esta iniciativa una de las Asambleas más participativas de la historia de la AEBDC y creemos que quedó muy claro para todos los asistentes quién acudió con interés participativo y quién fue simplemente a votar para asegurar a la Junta la imprescindible aprobación de unas cuentas poco claras y de una gestión totalmente deficiente.

Durante este año y debido, entre otros factores a la existencia del Grupo Pro Baile la Junta Directiva de la AEBDC propuso nuevas iniciativas y adoptó un cierto dinamismo, cosa que parecía nos iba a beneficiar a todos. Desgraciadamente la mala praxis en la gestión no es solucionable a corto plazo y hemos visto como estas iniciativas, en principio esperanzadoras, quedaban en agua de borrajas. La competencia y preparación de las personas gestoras no se fundamenta en unos pocos meses. Es fruto de años de preparación y trabajo.

2).- Desarrollar un proyecto nuevo, consensuado y adecuado a la realidad actual del Baile Deportivo

Todos hemos de ser conscientes que un proyecto en el que se tienen que revisar aspectos tan importantes como Reglamento de Competiciones, Reglamento de Jueces, formación de deportistas, técnicos y jueces, unido al momento complejo de reconocimiento de la Agrupación Española de Baile Deportivo con todo el cambio que esto conlleva, necesita tiempo para prepararlo.

El Grupo Pro-Baile no está de acuerdo con la manera de gestionar el Baile Deportivo de la actual Junta Directiva y su actual Presidente, como hemos manifestado pública y abiertamente desde nuestros inicios. Estamos preparando un proyecto porqué creímos desde un principio, que no era ético criticar sin aportar una alternativa.

El éxito de nuestra propuesta, no lo olvidemos, pasa por el apoyo de los socios de la AEBDC, en un caso, o de los clubes de la AEBD, en el otro supuesto. Todas las personas y entidades podrán manifestar su opinión llegado el momento. Si nuestra alternativa no tiene el apoyo suficiente de los socios de la AEBDC y/o de los clubs de la AEBD, volveremos todos a nuestras ocupaciones habituales con la conciencia bien tranquila, puesto que nuestros trabajos eran los mismos antes de iniciar esta andadura, siguen siendo los mismos ahora y seguirán siendo los mismos en el futuro, tanto si obtenemos el apoyo a nuestra propuesta como si no.

El proyecto existe, está avanzado y seguimos trabajando.

3).- Ilusionar a un equipo de personas

Este objetivo se ha conseguido sobradamente. En estos momentos contamos con un equipo de gente competente, ilusionada y motivada para trabajar y presentar una candidatura alternativa a la actual Junta Directiva.

Se han incorporado al Grupo Pro Baile personas de demostrada valía en varios terrenos: Reglamento, Marketing, Organización de Competiciones, Conocimientos Técnicos de nuestro deporte, Gestión de Entidades Deportivas a nivel nacional e internacional, especialistas en los ámbitos Jurídico-Disciplinario, Médico y Económico. Personas de diferentes áreas del país y conocedoras de las particularidades de cada autonomía.

Consideraciones personales aparte (que obviamente siempre habrá quien las haga y ya contamos con ello), nadie podrá negar que los integrantes de nuestro equipo llevan muchos años en el mundo del Baile Deportivo y son respetados en las áreas en las que trabajan.

La candidatura que desde el Grupo Pro Baile se ha diseñado se ajusta a las directrices de la IDSF con el objetivo de adecuar la gestión del Baile Deportivo en España a lo establecido por la Federación Internacional y está preparada para presentarse a las elecciones de Junta Directiva de la AEBDC, que deben ser convocadas, antes de Enero de 2010.

La posible disolución de la AEBDC antes de esa fecha (hecho que interesa mucho a la actual Junta Directiva de la AEBDC), no variará un ápice nuestras ganas de trabajar y ayudar para cambiar el rumbo que está tomando la situación del Baile Deportivo en España. El porqué del interés en la disolución de la AEBDC por parte de su actual Junta Directiva es fácil de imaginar: se ahorran unas elecciones que podrían desgastar aún más su imagen y pueden continuar sus actuales políticas, ya que el Presidente de la Junta Gestora está ya nombrado: Luis Vañó.

Tanto el proyecto como la candidatura de Pro Baile se harán públicos en el momento y lugar oportunos. Pero queremos dejar claro que el proyecto existe y la candidatura es una realidad.


Una vez explicado lo que ha estado haciendo el Grupo Pro-Baile, a lo largo de este año: ¿Qué ha hecho la Junta Directiva de la AEBDC?

Incumplir los Estatutos: El sencillo trámite administrativo de redactar el Acta oficial de la Asamblea General (ver art. 30 de los Estatutos de la AEBDC) no se ha cumplido. Los 30 días estatuarios se han convertido en 300.

Incumplir los acuerdos tomados en Asamblea: Modelo de Certámenes aprobado con 371 votos a favor, ninguno en contra y 9 abstenciones, no se ha aplicado desde la primera competición de la temporada (septiembre 2008)

Incumplir sistemáticamente el reglamento de competiciones. Sin ir más lejos en el reciente Campeonato de España de Latinos donde aproximadamente un 20% de las parejas que han participado no aparecen en el Ranking. Suponemos que con buen criterio la junta ha aplicado el artículo 63 del Reglamento de Competiciones "... salvo en casos justificados que serán decididos por la Junta Directiva". ¿Se trata de 38 “excepciones justificadas” o es que hay un error en el ranking publicado?

Participantes en el Campeonato de España Latinos 2009

Incumplir los plazos que ellos mismos han anunciado: Blog de Presidencia, 7 de noviembre de 2008:
“… Hasta ese momento, y tal como se presentó en la última Asamblea General, como calendario, entre Diciembre y Enero de 2008 y 2009, nombraré los miembros de esa Junta Gestora que se encargará de dirigir el proceso de cambio de AEBDC a AEBD, para en otoño de 2009 elegir la nueva Asamblea…”
De hecho tenemos información fiable de que, a día de hoy, la Agrupación todavía no ha sido reconocida como tal por el Consejo Superior de Deportes, aunque se utilice el logotipo de dicho organismo y las siglas AEBD alegremente en varios documentos de la Asociación Española de Baile Deportivo y de Competición.

Fax recibido del Consejo Superior de Deportes

Utilizar los recursos de la AEBDC (tiempo, desplazamientos, Asesor Legal,…) de forma partidista para la creación de Clubes en las Autonomías y con las personas que interesan al Presidente para asegurarse la continuidad en la Agrupación.
Además… ¿Se ha dado información de estos movimientos? ¿Sabemos a día de hoy cuántos clubes hay nuevos, de qué regiones son, y si son representativos de la realidad de Baile Deportivo de cada área del Estado?
Sorprende, como ejemplo de lo que puede estar sucediendo, el caso de Andalucía: con 26 personas asociadas a la AEBDC hay constituidos 16 Clubes de Baile Deportivo, lo que nos da una ratio de 1,6 personas por Club, lo que hace suponer que son Clubes compuestos por personas que no tienen relación con la AEBDC.

Socios de Andalucía - Clubes de Andalucía

Continuar con una gestión contable poco clara: no se enseñan a los socios los detalles contables solicitados, Seguro Deportivo, Campeonato de España Latinos,… Estos últimos dos gastos importantes que no estaban contemplados en el presupuesto para el año 2009 presentado y aprobado por la Asamblea General.

¿Pasarán cuentas detalladas a los socios del gasto que ha supuesto la organización del Campeonato de España Latinos? ¿Cómo justificarán el pago a la FCBE del seguro?
¿Cómo partidas pendientes de aplicar, quizás…?

La mala previsión y la deficiente organización cristalizan en decisiones tomadas sobre la marcha, que afectan a la contabilidad de la AEBDC.

Dimisiones en la Junta Directiva: La Junta Directiva de la AEBDC está desgastada. En el último año se han producido tres dimisiones importantes, que incluyen al Vicepresidente de la AEBDC, de las cuales no se ha informado en absoluto a los socios y que no han sido provistas por el Presidente tal y como establece el art. 59 a) de los Estatutos.

JD inicial / JD actual

Nuevos canales de comunicación con los socios: Dos mensajes en un foro unidireccional y un Blog de Presidencia donde el Presidente expone lo que quiere, contesta lo que le interesa y deja morir los temas que no le convienen, es toda la comunicación y fluidez que han añadido “… a los diferentes canales de información y de comunicación de la Asociación Española de Baile Deportivo y de Competición.”

En relación con el Campeonato de España de Latinos echamos en falta la inmediatez a la que nos tenía acostumbrados el Presidente en publicar su valoración personal en el Blog: 3 días para el Campeonato de 10 Bailes, 1 sólo día para el Campeonato de Standard.

Está en vuestras manos que las mismas personas dirijan el futuro del Baile Deportivo por cuatro años más, como mínimo. Recordamos que el Presidente actual de la AEBDC, será el Presidente de la Junta Gestora de la AEBD.

Por nuestra parte intentaremos que exista una alternativa y trabajaremos y nos esforzaremos en convencer a todos, incluso a los que en este momento tienen dudas sobre el proyecto del
Grupo Pro Baile.

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12/05/2009
Seguro Deportivo

Si lo que se pretendía era evitar la duplicidad en el pago del seguro para los miembros de la FCBE que ya lo tienen cubierto,... LO HAN CONSEGUIDO.
Ahora sí,... como era de esperar y “en contraprestación”, el dinero para ello ha tenido que salir de las arcas de la AEBDC, es decir, de todos los socios de la AEBDC.

Todo esto da como resultado lo siguiente:

1. Los socios de la FCBE,... contentos, pues ellos pagan un solo seguro como siempre. Y en cuanto a la cobertura,... perfecto, pues tienen dos seguros (en la misma compañía) y uno de ellos “casi gratis”.
2. La compañía aseguradora,... feliz, pues sigue cobrando la TOTALIDAD de las dos primas.
3.
Y todos los socios de la AEBDC,... pues “encantados”, ya que no sólo tenemos que pagar nuestro seguro, sino que con la cuota de asociado tenemos que hacer lo mismo con el 2º seguro que gentilmente bonificamos a los asociados de la FCBE.

¿Y a qué o quién debemos este gasto innecesario?
Pues a la estupenda planificación, previsión, gestión y coordinación la Junta Directiva de la AEBDC,… y ¿nadie va a responder por ello?

Resumiendo y centrándonos en lo principal del asunto....

“...con esta fecha se ha transferido a la FCBE el mencionado importe, consiguiéndose así anular el efecto de la duplicidad”.

… se han olvidado de que los socios de la FCBE que a la vez lo son de la AEBDC, pagan con su cuota de asociado parte de la cantidad que se ha transferido para sufragar sus propios seguros,... con lo que sería más correcto decir que con la transferencia a la FCBE se ha conseguido mitigar en parte el efecto de la duplicidad,... pero desde luego no anular.

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08/05/2009
Nuevo Ranking (Documento enviado por email y correo postal a la AEBDC)

A/A de la Junta Directiva/Comisión Técnica de la AEBDC.

Estimados señores:

A la vista del documento publicado con fecha de 20 de abril de 2009, en el que se establecen las medidas adoptadas por la Junta Directiva y a propuesta de la Comisión Técnica para la modificación del sistema de puntuación para el Ranking AEBDC, así como la implantación de un sistema informático para la automatización del mismo, y aún sin conocer como socios todos los detalles en profundidad, a priori, creemos que es de justicia aplaudir todas estas decisiones.

En nuestra opinión, y creemos que también en la de la mayoría de los socios, estas eran unas medidas que urgía acometer para un mejor reflejo de lo que es la realidad del Baile Deportivo y de Competición en España.

Así mismo, agradecemos el compromiso adoptado por la Junta Directiva y la Comisión Técnica de facilitar cuantas aclaraciones sean demandadas por los socios de la AEBDC pues, aunque suponemos que este documento será un primer borrador sobre el que se está trabajando, y casi asegurando que este trabajo que desarrollan es mucho,... no son menos las dudas que nosotros tenemos y, porque no decirlo, las discrepancias que mantenemos con alguno de los sistemas de puntuación planteados, por lo que sería una buena idea resolverlos antes de someterlo a su aprobación en la próxima y cada vez más cercana Asamblea General.

Es por ello que, aprovechando la oportunidad que nos brindan a todos los asociados, pasamos a comentarles algunas de las mismas, esperando que sean estudiadas tanto por la Junta como por la Comisión, en satisfacción de todo el colectivo.

Y así,...

1.- Estamos totalmente de acuerdo en que el Ranking (en parte) debe decidir quienes son nuestros representantes en competiciones internacionales/oficiales, que éste debe ser más real, y también que éste debe ser más interesante.

PARÁMETROS DE PUNTUACIÓN

2.- ADICIONAL-1

Leemos atónitos, aunque suponemos que será un error mecanográfico, la siguiente frase:

“...a partir de los cinco jueces establecidos.”

Salvo que estemos equivocados, y tal y como se desarrolla este documento que han otorgado como de “...implantación para la categoría A...” , el mínimo de Jueces establecido para esta categoría tanto por el Reglamento de Competición como por la Clasificación de Certámenes es de 7, y así:

Reglamento de Competición (Versión 10)
Fecha de entrada en vigor: 1 de septiembre de 2008

Sección 9. El jurado
En las competiciones puntuables el jurado estará compuesto como mínimo por:
- 7 jueces en las categorías S, A, B.

O sea, que o bien ha sido un error fácilmente subsanable borrando el establecidos, y dejándolo en un simple “2,5 puntos por cada juez a partir del quinto”, o bien toman nota y en la próxima Asamblea se modifica el Reglamento de Competición, con aprobación de la misma.

De todas formas, y centrándonos únicamente en la puntuación que han estimado oportuna, decirles que nos parece demasiado poca, ya que consideramos ésta la mejor forma de potenciar las “buenas competiciones” y favorecer, en cierta medida, a aquellos organizadores que se arriesgan a traer un elevado número de jueces en beneficio de los bailarines/deportistas, y tomando como base siempre el séptimo juez y no el quinto como se establece en el documento.

3.- ADICIONAL-2

Aquí sentimos discrepar de forma rotunda, pues creemos sinceramente que se les ha ido la mano un rato largo, pues podríamos pasar de “...se obtenían los mismos puntos por un primer puesto de 4 parejas que de 36...”, a la situación en la que el último clasificado de una determinada competición tenga más puntos que el primero de otras.

Esto último es un poco exagerado, al igual que el ejemplo que describiremos a continuación, pero creemos que refleja, en cierta medida, la DESPROPORCIONALIDAD de puntuación que existe entre algunas de las reglas que se aplican.

Ejemplo:

SITUACIÓN A)
Imagínense una competición en la que participan las 12 mejores parejas del Ranking + PAREJA X (un recién ascendido que malamente sabe cual es el pie derecho). Vamos, lo que vienen a ser 13 parejas bailando una Semifinal según los cursos tanto de Chairman IDSF como de Director de Competición (AEBDC).
Imagínense “por un casual” que en el primer paso de la Samba, va el 1º del Ranking y se lesiona de gravedad impidiéndole dar un paso más,... y aún por encima, uno de los Jueces que esa noche había dormido mal, se equivoca al transcribir las cruces al papel y le pone una a la PAREJA X, pasando a establecer su posición en un irremediable 12º lugar, por delante del primero del Ranking.

Bien, vayamos a establecer ahora los puntos que le corresponden según los nuevos criterios:
BASE-1: 8,3 puntos, por haber quedado el 12º de un total de 13 parejas, y teniendo en cuenta las puntuaciones actuales trasladadas a tanto por cien.
BASE-2: 5 puntos porque la semifinal ya lo se la quita nadie.
BASE-3: 1 punto porque ha ganado a la pareja que se retiró lesionada.
ADICIONAL-1: 5 puntos porque estaba compitiendo en Cataluña, donde casi siempre tienen 7 jueces para la categoría A..
ADICIONAL-2: 45 puntos porque para algo estaban los 12 mejores en pista.
ADICIONAL-3: 30 puntos porque los astros han querido que el primero se lesione y ha quedado por delante de él en la clasificación.
PLUS-TERRITORIAL: Este pasamos de aplicarlo porque no lo entendemos.

TOTAL: 94,3 PUNTOS
(si no nos equivocamos,... y que no están nada mal para un debutante).

SITUACIÓN B)
Imagínense ahora a esta misma persona, pero clasificado el 13º del Ranking y bailando en Galicia con otras 5 parejas, clasificadas todas del 14 para atrás.
Imagínense que en esa final directa gana la PAREJA X.

Pues bien,... tendríamos lo siguiente:
BASE-1: 100 puntos, por haber quedado el 1º de un total de 6 parejas.
BASE-2: 5 puntos y suponiendo que están considerando la final como una ronda.
BASE-3: 5 puntos porque ha ganado a otras 5 parejas.
ADICIONAL-1: 0 puntos porque todo el mundo del baile deportivo sabe que en Galicia debido a la crisis existente los organizadores se tienen que limitar a la contratación de 5 jueces como máximo,.. pero eso sí,.. dos de la comunidad y dos internacionales como mínimo.
ADICIONAL-2: 0 puntos porque para que van a venir a competir a esta competición los buenos de verdad,... ¿qué les va a aportar a ellos?.
ADICIONAL-3: 0 puntos porque aunque la PAREJA X tenía muchos puntos que regalar a los demás,... no tenía ninguno que ganar, pues todos estaban por detrás en el Ranking.
PLUS-TERRITORIAL: Este pasamos de aplicarlo porque no lo entendemos.

TOTAL: 110 PUNTOS (si no estamos equivocados,...).

Dicho esto, ser “casi” el peor en una buena competición reporta a la PAREJA X un total de 94,3 PUNTOS. En cambio, ser el mejor de una competición de las normales,... de tantas como se hacen hoy en día, reporta a esa misma pareja un total de 110 PUNTOS ¡¡¡ y eso que ha sido el GANADOR de la competición!!! Imagínense ustedes la miseria comparativa que podrían sumar el tercero o el cuarto clasificado de la “competición normal”.

Otro tanto de lo mismo podría ocurrir en aplicación de los artículos 44 y 46 del reglamento de competiciones, pues al cierre de inscripciones el 1º y 2º del Ranking pueden estar inscritos y caerse de la competición por cualquier motivo justificado, cosa que hasta la fecha está al orden del día en cualquier competición que se celebre en el territorio español, con lo cual, los que vienen por detrás ya tendría de 5 a 30 puntos “de gratis” simplemente con presentarse a bailar.

4.- ADICIONAL-3

Esta apartado de puntuación nos gusta especialmente. Nos parece una MUY BUENA IDEA, motivante para los que vienen desde atrás y que pondrá nerviosos a los que están mejor clasificados,... lo cual esperamos que redunde en una mayor competitividad (en la pista) de las parejas.

Aún así, y a falta de estudiarlo con mayor detenimiento, creemos que tiene un defectillo muy importante, y este es que según el número de parejas que participen y la clasificación que resulte de la competición, no sería nada raro que una pareja que quede peor clasificada tenga más puntuación que parejas que hayan obtenido una mejor posición en la competición en función de las parejas con mejor clasificación en el Ranking que supere,...

...Prometemos mirarlo con calma... ¡¡¡hagan ustedes lo mismo mientras tanto, por favor!!!

Es por todos esto que, aún utilizando unos sistemas a priori interesantes, y siempre y cuando hayamos comprendido bien lo que intentan explicarnos, creemos que las puntuaciones que se aplican en algunos conceptos no están bien baremadas en relación a la totalidad de la puntuación,... NO SON PROPORCIONALES a los méritos hechos en según qué situación, por lo que pediríamos, si no es mucha molestia, nos confirmaran si estamos en lo cierto o no con la aplicación de la puntuación en estos supuestos,... pues de estar en los cierto, entendemos que sería conveniente la revisión de las puntuaciones otorgadas.

5.- PLUS-TERRITORIAL

A la espera de una precisión mucho mayor, en la que se especifique a qué comunidades corresponden esos porcentajes, y cuales son los parámetros de número de competiciones y competidores que se aplicarán,... vamos a abstenernos de hacer ningún tipo de comentario,... mas que nada porque no entendemos la aplicación de este criterio.

6.- En cuanto a la PARTICIPACIÓN EN EL RANKING, hay una serie de puntos que sería conveniente explicar con mayor claridad, más que nada porque el segundo y tercer párrafo de las parejas internacionales (S) se contradicen.

Así, por un lado nos están diciendo que tendrán que bailar 5 nacionales más otras 2, nacionales o internacionales, para llegar a las 7 del ranking,... y acto seguido nos dicen que si participan en una competición internacional la siguiente nacional valdrá por 2. Es por eso que agradeceríamos nos confirmasen si el siguiente esquema es correcto:

1 Internacional + 1 Nacional (x 2) = 3 competiciones
................................................... + 1 Internacional + 1 Nacional (x2) = 6 competiciones
  ............................ + 1 Internacional o Nacional
    = 7 COMPETICIONES  

....cuando en realidad ha bailado 3 Nacionales y 2 Internacionales. Con lo que, o esto es una mala interpretación de lo establecido, o aquí existe una contradicción.

Tampoco acabamos de entender el empeño por parte de los órganos rectores de la AEBDC, en incluir por sistema normativas inconcretas y sujetas siempre a la decisión subjetiva de dichos órganos, y así: “La Comisión Técnica valorará la validez y el reconocimiento de dicha competición para puntuar, o no, en el ranking nacional”... por lo que exigimos que estas competiciones puntuables sean establecidas de antemano por la Comisión, en busca de un mayor grado de objetividad e igualdad entre los competidores, evitando en todo momento el generar confusión al colectivo.

Y además, ¿en qué medida quedan afectados tanto el Reglamento de Competiciones como el siguiente documento al respecto de los futuros Campeonatos de España?

7.- AGRUPACIONES

¿Sería posible que nos facilitaran algún ejemplo de esta situación, ya que tal y como figura en el párrafo dos, y sobre todo lo referente a “...si tenemos dos categorías “A”...” nos resulta complicado de entender?

Y ya para terminar,...

8.- ASCENSOS Y DESCENSOS DE A-INTERNACIONAL y A-NACIONAL

Sería posible que nos adelantaran la idea que a día de hoy manejan sobre cual será el número aproximado o porcentaje de parejas que ascenderá y descenderá cada año, pues me imagino que si han tomado esta decisión es porque ya habrán realizado un estudio previo utilizando parámetros actuales.

Y sin más, se despide atentamente.

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13/03/2009
Estamos desorientados

Desorientados y confusos ante las distintas interpretaciones que la Junta hace a lo que dice que dijo pero que quiso decir….

1).- ACCIONES DE LA AEBDC ANTE LA SITUACIÓN ECONÓMICA ACTUAL EN ESPAÑA (documento publicado en su Web en Noviembre de 2008)

“Así mismo, en la medida en que la Inscripción de los Grupos de Edad Juvenil y Junior de todas las Categorías tuvieran una reducción de la misma o incluso fueran gratuitos, la AEBDC proporcionaría una subvención en cuantía relacionada con la disminución de la Inscripción”

Organizadores que ya han realizado su competición recogiendo esta propuesta de la Junta Directiva, siguen esperando la subvención. Pero lo más grave es que tampoco consiguen, como ya va siendo habitual, una respuesta de la Junta Directiva a los reiterados emails que envían pidiendo una explicación a la demora o una fecha concreta para el cobro.

Ahora parece ser que se ha entendido mal este párrafo de las famosas “Medidas anti-crisis” y que nunca ha sido su intención pagar al Organizador el importe de las inscripciones gratuitas de los grupos Juvenil y Junior. Como mucho, estudiarán las peticiones y decidirán que cuantía se va a dar en cada caso.

“Estamos abiertos a otras acciones que a propuesta de los Organizadores redunden en un beneficio para los Bailarines”

Como las únicas propuestas recogidas en el documento eran la reducción de Jueces y la subvención de Juveniles y Juniors y esta última ya se ha demostrado que es un farol, solo queda en vigor la reducción del Panel de Jueces, que ya explicarán en que medida redunda en beneficio de los bailarines.

2).- DOS COMPETICIONES PUNTUABLES EL MISMO FIN DE SEMANA

Pablo Chao, blog de Presidencia, 19 de Febrero de 2009
CON RESPECTO A LAS DOS COMPETICIONES EN UN MISMO FIN DE SEMANA.

1.- Díganos por favor en qué se parecen las siguientes contestaciones...

a) "La Junta Directiva, en reunión mantenida el pasado domingo, 20 de julio, ha decidido que la celebración de dos Competiciones puntuables en un mismo fin de semana no ha de convertirse en norma habitual sino que, más bien al contrario, ha de quedar relegada a casos excepcionales que, previamente, habrán de ser aprobados por la AEBDC"

b) "Le informamos que la Junta Directiva de la AEBDC, no autoriza la organización de dos competiciones diferentes el mismo fin de semana en la misma Comunidad Autónoma."

c) "...estamos trabajando junto con la Comisión Técnica en una dirección que no se ajusta a esta posibilidad..."

...a la que usted ahora nos facilita...

“...la decisión de no aprobar, salvo en excepciones dos competiciones en un mismo fin de semana, hace referencia a en el caso de que esas dos competiciones sean realizadas por un mismo Organizador. Si se aprueba todos los años al mismo Organizador, deja de ser una excepción para convertirse en una norma.”(Luis Vañó. Blog de Presidencia)

2.- No sé si lo he entendido bien, pero da la impresión de que ahora nos viene a decir que el mismo organizador no puede hacer dos competiciones el mismo fin de semana cuando ya se le han aprobado en otros años, pues de seguir haciéndolo se convertiría en norma, por lo que con su NUEVA explicación ha conseguido salvar, por un lado, Madrid-Guadalajara (ya que son distintos organizadores), por otro lado, País Vasco, Madrid y Zaragoza (mismo organizador cuyo campeonato ya se ha aprobado en años anteriores), y Alicante (la excepción que confirma la regla).

Pero, ¿qué pasa con la solicitada por Sondodance de A Estrada (Galicia)? Que yo sepa se escapa a esta última explicación, pues es la primera vez que se solicita y además, aunque dentro de la misma comunidad autónoma, era en distintas localidades.
¿Por qué no es APTA para entrar dentro del cupo de excepciones?

Y para terminar de liarla, con fecha 4 de Marzo nos comunican que, finalmente, se concede a Etxebarri la celebración de dos competiciones puntuables, utilizando como justificación a la excepcionalidad de dicho campeonato la celebración del 500 aniversario de la constitución del Ayuntamiento de la localidad, publicitando tamaño acontecimiento a bombo y platillo. Sin embargo, no ocurrió lo mismo con los concedidos en Alicante donde, después de meses diciéndonos a todos que “...la Junta Directiva no autoriza dos competiciones en el mismo fin de semana...”, nos la colaron por la puerta de atrás sin que los asociados tengamos conocimiento de que “tropecientos” aniversario se celebraba allí ni otra justificación excepcional del estilo.

Y nos preguntamos nosotros,...

Art. 1 de los Estatutos

La Asociación Española de Baile Deportivo... tiene como finalidad general fomentar, desarrollar, y organizar la práctica del baile de competición como actividad deportiva.


¿No hubiera sido esta la justificación más apropiada y sencilla?

Pero claro,... posiblemente no hubiese sido la más sincera....

3).- CENTRALIZACIÓN DEL CALENDARIO DE COMPETICIONS PARA LA TEMPORADA 2008/2009.

Con fecha del 29 de mayo de 2008, se publica en la web de la AEBDC el siguiente documento,...

… que posteriormente sería ratificado en la Asamblea General Ordinaria de fecha 28 de junio de 2008, y en el que se comunicaba a los asociados, que a partir de la fecha el calendario de competiciones sería gestionado por la Junta Directiva de la AEBDC para evitar, entre otros, lo siguiente:

“...se han producido importantes descoordinaciones,... solapamientos,... (sirva como ejemplo que algún fin de semana han llegado a coincidir hasta CINCO competiciones), lo que ha supuesto cierto descontento, manifestado de forma reiterada tanto por competidores como por organizadores.”

Pues bien, ahora sí debemos estar muchíiiiisimo más contentos con la gestión, pues, como ya es tónica habitual en las decisiones tomadas por esta Junta Directiva, siguen predicando con el ejemplo.

Por eso queremos animarles a que echen un vistazo al número de competiciones que se celebrarán el fin de semana del 14/15 de marzo de 2009 y 23/24 de mayo de 2009.

4).- AEBD

Marcos de Robles explicó en la Asamblea algunos detalles sobre la situación de la AEBD, que resume opinando que en un corto plazo estará inscrita,... lo que aún no tenemos claro es que es para la Junta un corto plazo de tiempo. Por cierto, también lo mencionó Luis Vañó en su Blog “...Espero que en breve podamos anunciar la constitución y aceptación por parte del CSD de la Agrupación Española de Baile Deportivo.”

En el mismo Blog concreta más: “como calendario, entre Diciembre y Enero de 2008 y 2009, nombraré los miembros de esa Junta Gestora que se encargará de dirigir el proceso de cambio de AEBDC a AEBD” lo cual, además de ser poco acorde con los Estatutos, tampoco sabemos si ya los ha nombrado. De haberlo hecho, y cumpliendo las fechas propuestas no tendría mucha lógica lo publicado con respecto a los Campeonatos de España del 2010.

¿Alguien se extraña de que algunos socios estemos desorientados y confusos?

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06/03/2009
Requerimiento

Publicado: Tue Oct 07, 2008 5:46 pm Título del mensaje: Solicitud de información

El Asesor Jurídico de la AEBDC, Sr. de Robles, ha recomendado a esta Junta Directiva no acceder a las reiterativas peticiones de un grupo de socios para revisar ciertas partidas contables sobre dos ejercicios 2006 y 2007 cuyas cuentas están aprobadas por la Asamblea General.

Aunque en los próximos días se publicará una nota oficial al respecto, desde este foro queremos anticiparnos a dicho comunicado.

Tal como nos ha hecho ver el Sr. de Robles, acceder a esta petición crearía un precedente, posibilitando que a partir de ahora, cualquier socio pueda solicitar la revisión de la contabilidad, partida por partida, de cualquier ejercicio aprobado, no solamente de esta Junta Directiva sino también de las juntas anteriores.

Resulta altamente curioso que a pesar de que tal y como nos comprometimos en la Asamblea, se publicó en la web de la AEBDC, tan solo 3 días más tarde un detalle pormenorizado desglosando todas las partidas por las que solicitaron información, sigan una y otra vez solicitando los mismos datos.

Junta Directiva AEBDC

===========================

Dado que esta respuesta de la Junta Directiva publicada en un foro de Internet (todavía estamos los socios esperando la nota oficial) no nos convenció y como no somos abogados que podamos discutir las recomendaciones del Asesor Jurídico de la AEBDC (léase de la Junta Directiva) decidimos contratar los servicios de un bufete de abogados para poder argumentar en igualdad de condiciones con su Asesor Jurídico.

De acuerdo con las indicaciones de nuestros abogados el día 12 de Febrero de 2009 se envió a la AEBDC el siguiente requerimiento:

Siguiendo con su tónica habitual de ignorar nuestras peticiones, olvidando que son también las de muchos asociados, a día de hoy no hay respuesta ni oficial ni extraoficial al requerimiento.

No vamos a dar detalles de las siguientes acciones que se van a tomar, pero creemos necesario que todos los que dais apoyo a la iniciativa de Pro Baile sepáis que, aunque no todo sea visible y notorio, seguimos trabajando en este y otros muchos temas importantes que iremos poniendo en conocimiento de todos vosotros en el momento oportuno.

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24/02/2009
Campeonatos de España 2010

Sorprendente el comunicado de la Junta Directiva sobre los Campeonatos del año 2010

• En primer lugar nos están diciendo que llevan cuatro años sin cumplir la normativa:

REGLAMENTO DE COMPETICIÓN (Versión 9.3 – 25 julio 2005)

Norma Complementaria 46.1: En los campeonatos de España solamente se podrán inscribir las parejas que aparezcan en el Escalafón de la AEBDC, salvo en casos justificados que serán decididos por la Junta Directiva de la AEBDC.

Norma Complementaria 46.2: Las parejas que cambian de grupo de edad en el mismo año del campeonato y deseen participar en el mismo, se inscribirán en el nuevo grupo de edad, aunque no aparezcan en el Escalafón, siendo condición imprescindible el haber realizado 5 competiciones en los 12 meses anteriores al campeonato

REGLAMENTO DE COMPETICIÓN (Versión 10 – 1 septiembre 2008)

Artículo 63: En los campeonatos de España solamente se podrán inscribir las parejas que aparezcan en el Escalafón de la AEBDC, salvo en casos justificados que serán decididos por la Junta Directiva de la AEBDC.

Artículo 64: Las parejas que cambian de grupo de edad en el mismo año del
campeonato y deseen participar en el mismo, se inscribirán en el nuevo grupo de edad, aunque no aparezcan en el Escalafón, siendo condición imprescindible el haber realizado 5 competiciones en los 12 meses anteriores al campeonato.

• En segundo lugar ¿debemos entender que modifican el reciente Art. 63 anulando la frase “salvo en casos justificados que serán decididos por la Junta Directiva de la AEBDC”? De ser así,... ¿no tendrían que aplicar el art. 68 de los Estatutos de la AEBDC?

Artículo 68: El Comité Deportivo, también llamado Comisión de Competiciones, tiene como función general la aplicación y mantenimiento del Reglamento de Competiciones. En particular, tiene las siguientes funciones específicas:

d) Proponer modificaciones de ese reglamento para ser sometidas a la aprobación de la Junta Directiva y a la ratificación de la Asamblea General.

¿Están dando por hecho que, en la próxima Asamblea, los miembros de la misma, ratificarán esta propuesta de la Junta Directiva?


• En tercer lugar para que las parejas se planifiquen, sería lo correcto que se publicaran ya las fechas y sedes de los Campeonatos del 2010, así como el Calendario de Competiciones 2009/2010. Pero claro, esto es mucho pedir. Para el Campeonato de España de Standard falta menos de 1 mes y todavía no está publicada ni la hoja informativa ni la hoja de inscripción. Las parejas deben planificarse, la Junta NO.


• En cuarto lugar, según publican el 26 de septiembre de 2008, los Campeonatos del 2009 son los últimos organizados por la AEBDC. ¿A que viene recordar que para el 2010 se aplicará, por fin, la normativa vigente, si para entonces la AEBDC, según ustedes, ya no va a organizar ningún Campeonato de España más?

Cita Blog de Presidencia:

“Hasta ese momento, y tal como se presento en la última Asamblea General, como calendario, entre Diciembre y Enero de 2008 y 2009, nombraré los miembros de esa Junta Gestora que se encargará de dirigir el proceso de cambio de AEBDC a AEBD. para en otoño de 2009 elegir la nueva Asamblea.”

¿Está esa Junta Gestora nombrada y trabajando para ese proceso de cambio?

¿Están ustedes mezclando las decisiones de la AEBDC con las de la AEBD? De ser así, consideramos que esto sería un grave error, pues estamos hablando de dos entes totalmente independientes, con regímenes jurídicos también independientes,... etc., etc., etc.

¿Es una sensación nuestra,... o los plazos empiezan a fallar?

¿No se estarán saltando ustedes lo establecido en el Artículo 23 de los Estatutos de la AEBDC...

Artículo 23. Son competencias de la Asamblea General, como mínimo, y sin perjuicio de otras que puedan fijarse en los estatutos, las siguientes:

k) Propuesta de incorporación a segregación de alguna disciplina deportiva a la Asociación, o su fusión con otra entidad.
l) Disolución de la Asociación.


El mandato de la actual Junta Directiva termina en Enero del 2010. ¿Debemos entender que, ya antes de la Asamblea y de las elecciones dan por supuesto que volverán a ser elegidos? Si no lo dan por supuesto, al menos la sensación que transmiten SÍ es esa....

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28/01/2009
Balance

Han pasado ya tres meses desde nuestra última comunicación con todos vosotros.

Durante este tiempo hemos seguido trabajando, debatiendo y reflexionando sobre varias cuestiones pendientes de resolver y sobre las últimas decisiones públicas de la Junta Directiva con la intención de hacer un balance del último semestre del año 2008 y afrontar con energías renovadas los retos del 2009.

CUESTIONES PENDIENTES

• Pasados ya seis meses de la Asamblea General todavía no se ha firmado el Acta definitiva. Parece que la Junta es incapaz de redactarla y enviarla a los interventores para su aprobación. ¿En que medida afecto esto a la validez y legitimidad de la Asamblea?

• Respecto a la revisión de determinadas partidas contables, el día 7 de Octubre adelantan en un foro una respuesta pendiente de la “nota oficial” que se publicará en los próximos días. Después de tres meses todavía no se ha publicado ninguna nota oficial al respecto. Da la impresión de que a la que la Junta Directiva le conviene que este tema pase lo más desapercibido posible y que todos olvidemos pronto que no tuvieron otra opción que negarse a enseñar a los socios los documentos que avalan el estado de las cuentas de nuestra Asociación.

DECISIONES PUBLICADAS

1).

La excusa de la crisis le ha venido perfecta a la Junta Directiva para dar el capotazo definitivo al Modelo de Certámenes aprobado en la Asamblea General, Modelo que no superó siquiera las primeras competiciones de la temporada:

27 y 28 de Septiembre de 2008:
IV Trofeo de Baile Deportivo Coslada: Certamen tipo 2 puntuable con 5 jueces en la B/A/S.
IX Trofeo Excmo. Ayuntamiento Guadalajara: Certamen tipo 2 puntuable con 7 jueces desde la F hasta la S
3r. Trofeo el Corte Inglés (Mallorca): Certamen tipo 2 puntuable con 5 jueces hasta la B y Opens computables para los Campeonatos de España para categorías A/S con 5 jueces.
Tres competiciones, tres criterios distintos. Porqué???

19 de Octubre de 2008:
I Trofeo Stil (Mallorca): Certamen tipo 3 (suelo sintético) puntuable con 5 jueces hasta la C y Opens computables para la B/A/S con 5 jueces.
III Trofeo Villa de Zuera: Certamen tipo 2 (suelo sintético) puntuable son 7 jueces desde la F hasta la S
Dos competiciones, dos criterios. Porqué???

23 de Noviembre de 2008:
VII Trofeo de Baile Deportivo Vila d’Alaquas: Certamen tipo 1. Según el Modelo un Certamen de Tipo 1 debe incluir Campeonatos Autonómicos, Competiciones IDSF u Opens Internacionales. Esta competición no incluye ninguna de las competiciones necesarias para ser clasificada de tipo 1.
VIII Trofeo Ciudade Pontevedra: SI incluye el Campeonato Autonómico de Galicia y, en cambio, se la tipifica como tipo 2

¿Por qué se presenta un Modelo de Certámenes que se incumple desde el primer día?
¿Porqué tenemos que estar todos (organizadores y competidores) a expensas de que la Junta o la Comisión Técnica autorice o no, según le vaya, excepciones a un documento aprobado en Asamblea General?
¿Sirve de algo que la Asamblea apruebe o no lo que presenta la Junta si después hacen lo que quieren?

Si el Modelo de Certámenes no funciona, no gusta, no es práctico… señores, es un poco tarde para darse cuenta de todo esto. Tal como se presentó a la Asamblea era la mejor solución de la Junta Directiva (con representación de miembros de todas las Autonomías) para mejorar, incentivar y potenciar las Competiciones en todo el territorio Nacional.

Ayudas para paliar la crisis… Si, por que no, sobre todo teniendo en cuenta que hay 53.000 euros de superávit que deben revertir a favor de todos los socios.

¿Repercute a favor de los competidores que las competiciones tengan 5 jueces? NO
¿Va a favor de los competidores que la AEBDC asuma, como mínimo, el coste de desplazamiento y alojamiento de dos jueces para que en todas las comunidades se cumpla el reglamento y las competiciones Tipo 2 tengan 7 jueces? SI

¿Algún organizador ha subido el precio de las inscripciones? NO, los precios no han variado en varios años.
Entonces, ¿por qué la AEBDC se quiere colgar la medalla de ayudar a los organizadores a mantener el precio del año anterior con la disminución del panel de jueces? Que ayuden al organizador rebajando o dejando en moratoria el pago de las tasas que tienen que pagar para realizar una competición puntuable.


2).


Clubes Deportivos en Aragón.
Por supuesto que es un logro importante para el avance hacia la futura Federación la inscripción de un Club de Baile Deportivo en Aragón.

Después del primer momento de euforia surgen las preguntas:

¿Porqué este proceso se ha llevado a cabo en secreto y escondiéndolo a todo el colectivo interesado?

¿No se podía haber comunicado a TODAS las Asociaciones y Escuelas aragonesas para poder inscribir, no un solo Club sino 2, 3 o todos los que hubieran surgido y cumplido los requisitos?

¿No hubiera sido éste un logro mejor, más grande y más democrático?

¿Por qué un solo Club, afín al Delegado Territorial, se benefició de la información y asesoramiento necesario para llevar adelante el proceso?

Y ahora ofrecen por parte de la Delegación Territorial el “desinteresado apoyo para la realización de los trámites” ¡SOLO FALTABA ESTO! Es su obligación ponerse a disposición de todos, aunque sea tarde.


3).


Todos sabemos que la Junta Directiva ha denegado la celebración de dos competiciones puntuables el mismo fin de semana a varios organizadores

En ninguno de los casos se ha expuesto por parte de la Junta Directiva y/o de la Comisión Técnica el motivo que les ha llevado a tomar esta decisión generalizando la respuesta en vaguedades como “no se ajusta a la dirección en que se está trabajando en estos momentos” o frases por el estilo que no quieren decir absolutamente NADA si no van acompañadas de la explicación de los criterios que la fundamentan.

Para sorpresa de todos, se autoriza en Alicante la celebración de dos competiciones puntuables. Desconocemos si la “dirección” en la que trabajaba la Junta y/o Comisión Técnica a variado o bien si el único requisito para que se haga una excepción es pertenecer a la Comunitat Valenciana.

Es obligación de todos reflexionar y sacar conclusiones propias de las decisiones que se toman por quien tiene el poder de tomarlas, porqué solo así podremos en un futuro decidir si merecen o no la renovación de la confianza que en su momento se depositó en ellos.Ir al índice


4/11/2008
Tenemos la solución

(Enviado a la AEBDC por Email y correo certificado después de esperar un mes a recibir una respuesta oficial)

A la atención de la Junta Directiva de la AEBDC

Desde el “autodenominado grupo Probaile” estamos enormemente satisfechos con la decisión tomada por la Junta Directiva de la AEBDC en pos de una mayor COMUNICACIÓN con los asociados y nos alegra mucho que el Área de Comunicación asuma la responsabilidad de informar de los temas de interés para los socios.

Nosotros, por nuestra parte, queremos ser un elemento participativo de esta comunidad a través de nuestras opiniones. Y, en nuestra opinión, la “salud financiera” de una entidad sin ánimo de lucro es un elemento fundamental de la misma y una de las principales funciones de aquellos que ejecutan el crédito (la Junta Directiva)

Es por esto, como socios que somos, y porqué no entendemos lo elevado de algunas partidas contables a pesar de las continuas y agradecidas explicaciones de la Junta Directiva, que hicimos la petición de estudiar las mismas pormenorizadamente (con sus justificantes, sus tiquets de parking, sus facturas de teléfono, sus recibos de comidas y cenas,…) acogiéndonos a su reiterativa frase (al igual que nuestras peticiones) de que “… por supuesto, cualquiera que lo solicite previamente, podrá si así lo desea, consultar los correspondientes justificantes contables y los soportes documentales.”

Ni que decir tiene que ante tanta disponibilidad y buen hacer por parte de la Junta Directiva para aclarar este tema, nos sorprendió mucho la posterior negativa de ésta a nuestra petición por recomendación de SU asesor legal (y recalcamos lo de su porqué es lo que parece y no el de la AEBDC). Pero fríamente, entendemos a la perfección los motivos, ya que nosotros también opinamos que crearía un mal precedente posibilitando que cualquier socio lo solicitase.

TODOS los asociados de la AEBDC (incluidos los miembros del autodenominado grupo Probaile) estamos más que orgullosos de que la Junta Directiva haya logrado que las cuentas de la asociación arrojen un superávit de 53.000€ a fecha de cierre del ejercicio económico.

Por todos es sabida, y no menos ansiada, la inminente conversión en Agrupación Española de Baile Deportivo.

Por todo esto y, adelantándonos a lo que la Ley del Deporte establece para facilitar la transparencia de las Federaciones y Agrupaciones deportivas, creemos haber encontrado la fórmula correcta para satisfacer los intereses de todas las partes:

EL SOMETIMIENTO DE LA AEBDC A UNA AUDITORIA EXTERNA
CON COMUNICACIÓN PÚBLICA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS
A TODOS LOS ASOCIADOS

Para ello,…

Tenemos los medios ya que disponemos de 53.000€ de saldo positivo en nuestras cuentas.
Tenemos la voluntad manifestada por la Junta Directiva tanto en la Asamblea General Ordinaria como en los escritos publicados en su Web.
Tenemos la solicitud efectuada por el “autodenominado Grupo Probaile” en nombre de los que consideramos un importante número de socios
Tenemos la obligación moral de ofrecer total transparencia y servicio a las necesidades e inquietudes de los asociados.
Tenemos tiempo: más o menos 1 año hasta la disolución de la AEBDC y tenemos que adelantarnos a ese tiempo y ofrecer al C.S.D “algo más” que facilite la inscripción de la AEBD en el Registro de Asociaciones Deportivas…

…en resumen…

¡TENEMOS LA SOLUCIÓN !!!!!!!!!

… para salvar los principales escollos que han provocado que a día de hoy aún no se nos hayan facilitado el detalle de las partidas contables solicitadas.

La AEBDC podría facilitarlo sin problema, pues no sentaría ningún precedente para que cualquier socio pudiera solicitar los soportes documentales; ni tampoco para el hecho de que a alguien se le ocurra pedir otra auditoria el próximo año pues para aquel entonces ya seremos AEBD y estaremos obligados a ello.

La Junta Directiva saldría reforzada y acreditaría con hechos la transparencia que se le presume.

A través de este escrito SOLICITAMOS que se atienda nuestra petición concreta de someter las cuentas de la AEBDC a una auditoria externa, y nos complacería que los servicios jurídicos de la AEBDC, además de otros, estudien la posibilidad de llevar a cabo la misma en un claro intento por nuestra parte de dar credibilidad a la gestión de la Junta Directiva.

Reciban un cordial saludo de nuestra parte y sepan que nos tienen a su disposición para cualquier cosa que ustedes puedan necesitar. Así mismo les adelantamos que con el fin de informar a los socios y en aras de una mayor comunicación con los mismos, publicaremos este escrito en nuestra página web www.probaile.com

Grupo Probaile

3 de Noviembre de 2008

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A continuación hacemos un pequeño resumen de las partidas que no comprendemos bien y que nos gustaría clarificar.


EJERCICIO 2006

Visa pendiente de aplicar: 6.291,34€
¿Qué significa “pendiente de aplicar”? ¿Qué no saben a que epígrafe imputar los gastos?
¿En concepto de qué se ha gastado más de 6.000€ con la Visa? ¿Esta Visa a nombre de quién está? ¿A nombre del Presidente? ¿Quién dispone de Visa en la Junta de la AEBDC?

Prestaciones de servicios: 28.953,64€
Ya se aclara que hay un error en el epígrafe y que esta partida corresponde a los gastos de “Cursos y Congresos”. El que en el resumen oficial de cuentas presentado a la Asamblea haya un error que se repite dos años, ya el documento que se presentó en 2007 es el mismo que se presento en 2006, demuestra, como mínimo, precipitación e improvisación en la preparación del mismo.

Más tarde publican en la Web la siguiente información:

Congreso de Jueces: Ingresos 9.850€ - Gastos: 10.117€ - Resultado: -267€
Esto corresponde al Congreso efectuado el 9 y 10 de Septiembre en Deltebre. El ponente fue el Sr. Alberto Pregnolato.

El Congreso (según documento) costaba 100€ por persona. Si dividimos 9.850€ (ingresos) por 100€ nos da una participación de 98,5 personas: ya no cuadra, o son 98 o son 99 pero media persona NO.

El mismo documento dice que incluye la comida del sábado y del domingo. Supongamos (porqué no nos lo dejan verificar) unos 15€ por persona/día, lo que nos da un total de 2.970€, que restados al total de ingresos dan un resultado de 6.880€. Sigamos suponiendo que los 880€ se destinaron a gastos diversos y nos queda que el Sr. Pregnolato cobró 6.000€ por dos días de ponencias????.

Las mismas dudas surgen con el Congreso de Entrenadores, el Curso de Juez Nacional, … Probablemente no será un “despilfarro”, pero lo parece.

Desplazamientos: 12.109,58€
En el Informe del Presidente (pág.3) se nos informa de que durante el año 2006 se han desplazado a diferentes Campeonatos 15 parejas con un coste medio de 1.571€ pareja (786€ persona). Ver partida “Ayudas a competiciones"

Utilizando estos datos como media, sale que la Junta Directiva ha realizado 15 viajes oficiales durante el ejercicio 2006. Teniendo en cuenta que la IDSF celebra un Congreso Oficial por temporada no es descabellado querer saber donde y porqué se ha viajado 14 veces más o saber si la media por viaje a sido de 12.000€

Servicios Bancarios: 9.473,64€
En el balance del 2006 consta una partida de devolución de cuotas que asciende a 15.600€. Dividido por una media de 50€ de cuota son aprox. 312 recibos devueltos. La comisión que cobra el banco según detalla la Junta en su documento es de 3.294,10€, lo que da un resultado de 10,56€ de comisión por recibo. Pagar 10€ de comisión por un recibo que sube 50€ es, como mínimo, un abuso.

EJERCICIO 2007

Mantenimiento Informático y Top Dance News: 12.182.66€
¿Qué mantenimiento se ha realizado, que programas nuevos se han instalado? ¿Se paga una póliza de seguro a alguna empresa? ¿A cuanto asciende el importe de ésta?
¿Qué gastos reales tiene el Top Dance? ¿Cuánto cobran los responables de publicar las noticias?
¿En qué proporción Mantenimiento/Top Dance se reparten estos 12.000€?

Tengamos claro que son más de 2.000.000 de las antiguas pesetas.

Desplazamientos: 4.682,51€
Sorprende la importante reducción de esta partida en relación con la del año anterior. Pero, a pesar de todo, sigue siendo confusa. Volviendo a utilizar como base el Informe del Presidente, en el año 2007 el coste medio por competidor en viajes oficiales fue de 400,5€. Utilizando esta media nos vuelve ha salir un promedio de 11,69 viajes de la Junta Directiva.

Federaciones y Delegaciones Regionales: 8.349,16€
Federaciones solo hay una actualmente (en el año 2007, ninguna) y en el Informe del Presidente (pág 7) se hace constar la “eliminación de la ayuda que se prestaba a la UCBEC”.
¿A que Delegaciones Regionales se ha dado dinero? ¿En base a qué criterios? ¿Qué entidad legal, civil o deportiva, los ha recibido? ¿Para qué uso específico se han otorgado?

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8 / 10 / 2008
AEBDC –AEBD
ASOCIACIÓN CIVIL versus ASOCIACIÓN DEPORTIVA



La AEBDC es el ente “alegal” que aglutina a todos los estamentos sociales relacionados con el Baile Deportivo en España (eso es indudable), pero:

Es una Asociación de ámbito civil...

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TITULO III Las Asociaciones deportivas

CAPITULO I Disposición general

Artículo 12
1. A los efectos de la presente Ley, las Asociaciones deportivas se clasifican en Clubes, Agrupaciones de Clubes de ámbito estatal, Entes de Promoción deportiva de ámbito estatal, Ligas Profesionales y Federaciones deportivas españolas.

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...dirigiendo una actividad de ámbito deportivo (véase Resolución del CSD), con lo cual ésta tendría que estar más que disuelta. Y somos nosotros, los deportistas, jueces, entrenadores y demás estamentos los que voluntariamente hemos cerrado la boca y dejado hacer con el ánimo de facilitar la transición hacia la consecución de una Asociación Deportiva, como nos corresponde, al haber sido reconocido ya el Baile Deportivo y de Competición como deporte.

Dudamos mucho que la FCBE haya tratado de regular, normar, organizar,... el Baile Deportivo a nivel estatal. Sin embargo la AEBDC sí trata de hacer lo contrario, y se inmiscuye tanto en lo estatal como en lo autonómico... ¿pero dónde se ha visto que una asociación civil, por muy de ámbito nacional que sea, trate de imponerse a una entidad deportiva autonómica legalmente reconocida en el tratamiento de las materias que le son propias?

Señor, si usted quiere entrar en mi casa sin tener la autorización pertinente,... llame a la puerta y pida permiso, y seré yo el que le deje entrar en ella,... si quiero.

Pase que dirija Comunidades Autónomas donde debido a las transferencias de competencias habidas en su día, el reconocimiento como deporte de cualquier actividad corresponde al organismo competente en materia de Deporte de las mismas, hecho éste que en algunas de ellas no se ha producido todavía (que sepamos), entre otras cosas porque nadie ha movido un dedo porque así sea.

Y les interesa, vaya si les interesa:

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"Capitulo II Constitución de las federaciones deportivas españolas"

Sección 1
. Creación y constitución

Art. 8.
1. Para la autorización o denegación de la constitución de una Federación Deportiva Española se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

ENTRE OTROS:

Existencia de la correspondiente Federación internacional, reconocida por el Comité Olímpico Internacional, y con suficiente implantación en el entorno europeo y mundial.

El interés deportivo nacional o internacional de la modalidad.

La existencia de competiciones de ámbito internacional con un número significativo de participantes en las mismas y convocatorias celebradas.

La implantación real de la modalidad deportiva en el país, así como su extensión, es decir, el número de practicantes existentes en España y su distribución en el territorio nacional.

2. La creación y constitución de una Federación deportiva española requerirá que los promotores constituidos en junta gestora presenten la siguiente documentación:

a) Otorgamiento ante Notario del acta fundacional, suscrita por los promotores, que deberán ser, como mínimo, 65 clubes deportivos, radicados por lo menos, en seis Comunidades Autónomas, o por nueve Federaciones de ámbito autonómico..

b) Documentación acreditativa de que se cuenta con el apoyo de, al menos, el 50 por 100 de los clubes de tal modalidad, inscritos en los correspondientes Registros deportivos autonómicos. A estos efectos sólo se computarán los clubes inscritos en las Federaciones de ámbito autonómico que manifiesten, por cualquier medio válido admitido en derecho, su voluntad de integrarse, para el caso de que se constituya la Federación deportiva española de que se trate.

......

d) Acuerdo de la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes autorizando la constitución e inscripción de la Federación, ponderando los criterios expresados en el apartado anterior, verificando el cumplimiento de las anteriores condiciones y aprobando los Estatutos.

e) Inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas del Consejo Superior de Deportes.

Y TAMBIÉN....

Disposición adicional primera.
1. Se podrán reconocer agrupaciones de clubes de ámbito estatal con el exclusivo objeto de desarrollar actuaciones deportivas en aquellas modalidades y actividades no contempladas por las Federaciones deportivas españolas. Sólo podrá reconocerse una agrupación por cada modalidad deportiva no contemplada por dichas Federaciones.

2. La constitución de tales agrupaciones estará supeditada a la existencia previa de una modalidad deportiva, y requerirá el cumplimiento de las siguientes condiciones:

a) Otorgamiento ante notario de acta fundacional suscrita por los promotores, que deberán ser, como mínimo, 15 clubes deportivos, radicados al menos en tres Comunidades Autónomas, o tres Federaciones autonómicas.

b) Documentación acreditativa de que se cuenta con el apoyo de, al menos, el 50 por 100 de los clubes de tal modalidad inscritos en los correspondientes Registros Deportivos Autonómicos.

Para ello se aportará certificado del club o asociación deportiva en el que se haga constar que la Asamblea General del club autoriza a su Presidente para formar parte de la Junta Gestora de la agrupación de clubes de ámbito estatal de la modalidad que se pretende crear.

A estos efectos, sólo se computarán los clubes inscritos en las Federaciones de ámbito autonómico, que manifiesten por cualquier medio válido admitido en derecho su voluntad de integrarse en la agrupación de clubes de ámbito estatal, para el caso de que se constituya.
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...Pensando mal, igual en alguno de estos puntos radica el motivo de la no inscripción de la AEBD en el Registro de Asociaciones Deportivas, o a lo mejor es que ni siquiera han presentado la documentación pertinente. Pero esta es una duda con la que tendremos que vivir unos cuantos días más, porque a pesar de tanta "transparencia", a este punto no han debido llegar todavía.

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c) Acuerdo de la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes reconociendo la agrupación y aprobando sus Estatutos.

d) Inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas del Consejo Superior de Deportes.

3. Para el reconocimiento o rechazo de las agrupaciones, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

Existencia de la correspondiente Federación internacional e importancia de la misma.

El interés deportivo nacional o internacional de la modalidad.

La implantación real de la modalidad deportiva en el país, su extensión, así como la existencia y dimensión de competiciones de ámbito nacional e internacional con expresión del número de participantes en las mismas y su distribución en el territorio español.

La coordinación con las Federaciones autonómicas que tengan contemplada tal modalidad. -MUY IMPORTANTE-

4. Presentada la solicitud de reconocimiento en el Consejo Superior de Deportes, acompañada de la documentación requerida en los párrafos a) y b) del apartado 2 de esta disposición, la Comisión Directiva resolverá sobre la misma en los términos y plazos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. Para el desarrollo de la actividad deportiva objeto de su creación, dichas agrupaciones coordinarán su gestión con las Federaciones deportivas de ámbito autonómico que tengan contemplada tal modalidad. -MUY IMPORTANTE-

6. El reconocimiento de estas agrupaciones se revisará cada tres años.
=========================================================================

Con todo esto queremos decir que a la AEBDC le debería interesar enormemente tener a la FCBE de su parte si quiere conseguir más fácilmente la constitución de la Agrupación de Clubes o Federación, y viceversa, ya que en el momento en que esté constituida una de estas entidades deportivas de ámbito estatal, la FCBE perderá sus "privilegios" internacionales, y que de momento mantiene por su condición de ÚNICA federación deportiva legalmente constituida en todo el territorio español.

Por lo tanto, y como conclusión, son una auténtica tomadura de pelo las continuas referencias del escrito a "...territorio nacional...", "...ámbito nacional...", "...ranking nacional...", "...carácter nacional..."

Estamos convencidos que a la FCBE no se le ha pasado por la cabeza regular el baile a nivel estatal. Simplemente ejercen, lo mejor que pueden, las competencias que las leyes les atribuyen en su ámbito territorial: Catalunya.

La Junta Directiva de nuestra asociación, debería darse cuenta de una vez por todas que la página web de la AEBDC es uno de los instrumentos de comunicación de ésta con sus asociados, y no un elemento propagandístico, sostenido con los fondos de todos nosotros, al servicio de los intereses de la Junta Directiva de turno (un poco de imparcialidad y objetividad no vendría mal); máxime cuando el correo ordinario prácticamente no se utiliza (al menos a nosotros nos han llegado unas 2 cartas en los últimos 5 años), la revista AEBDC NEWS ha desaparecido, y su sustituto digital sigue siendo la misma "crónica social" que antes pero empeorada, ya que ha desaparecido todo rastro de información relacionada con el Baile Deportivo que no sean "...las andanzas de nuestros sufridos deportistas allende los mares."

Y a todo esto, habría que añadir que de no ser por la irrupción "...del autodenominado grupo Probaile..." (Véase publicación sobre Team Match Youth German Open) no habrían actualizado la web desde el 2005...

...y encima tenemos que leer en el escrito cosas como estas...

"Desde hace ya unos meses, se vienen produciendo algunos rumores, comentarios y opiniones, que lejos de informar están consiguiendo justamente todo lo contrario, crear preocupación e incertidumbre entre los bailarines"

...pero si nos han sometido durante dos años y medio a una total desinformación y falta de transparencia…

Lo que hay que ver y oír.

Grupo ProBaile Ir al índice


1 /10 / 2008
Ponencias y Horario 1r. Training Camp

Queremos agradecer a todas las parejas asistentes su apoyo a esta iniciativa. El tener más de 90 parejas inscritas, algunas de ellas procedentes de fuera de Catalunya, garantiza el éxito de este 1r. Training que hemos preparado con mucha ilusión pensando en los competidores.

Esperamos que disfrutéis y que las ideas y conceptos que se transmitan os sean de utilidad para mejorar vuestro baile. Gracias a todos!!!

PONENTES PONENCIA
Iñaki Albiol y Maria Carbonell Líneas corporales (Standard)
Joan Cayuela y Jesús Rubio Que quieren ver los jueces
Álex Cazorla Que quieren ver los jueces
Daniel Curto Deporte, arte, espectáculo
Edgar Marcos Líneas corporales (Latinos)
Jan Möller Dinámica de Slow Fox en 4 tiempos
Isabel Pérez Psicología deportiva
Dani Rodríguez Preparación física
Isaac Rovira La fuerza en el baile Standard
Karina Rubio Que quieren ver los jueces
Marina Trullás Nutrición
 
HORARIO
8:30h. ABRIMOS PUERTAS
9:00h. Bienvenida y presentación
9:30h. SALA 1+2+3
Dani Rodríguez
Menores 16 años De 17 a 30 años Mayores 31 años
10:30h.
SALA 1: Isaac Rovira
SALA 2: Joan Cayuela y Jesús Rubio SALA 3: Álex Cazorla
11:30h.
SALA 1: Edgar Marcos
SALA 2: Karina Rubio SALA 3: Jan Möller
12:30h.
SALA 1: Iñaki Albiol y María Carbonell
SALA 2: Isabel Pérez SALA 3: Daniel Curto
13:30h. SALA 1+2+3
Marina Trullás
14:15h. Comida
15:30h. Coloquio
17:00h. Entreno dirigido Standard / Latinos (rondas)
20:00h. FINAL

Joan Cayuela (socio 156), Jesús Curto (socio 374), Soledat Farré (socio 216), Isabel Pérez (socio 199), Txus Pedrazo (socio 517), Ferran Rovira (socio 215) y Jesús Rubio (socio 42).Ir al índice


30 / 09 / 2008
Team Match Internacional Platja d'Aro 2008

CATALUNYA
Youth Standard Joel González & Ariadna Gil
Youth Llatí Joel López & Rosa Carné
Adult Standard Isaac Rovira & Desirée Martín
Adult Llatí Nicolás García & Masha Turlopova
Senior Standard Jordi Mayral & Eva Aguilera
Senior Llatí Manuel Ramírez & Julia López
Capità Miquel Alonso
 
BÉLGICA
Youth Standard Adam Czyz & Suzanna Cielen
Youth Latino Giuseppe dell Ara & Laura Jottay
Adulto Standard Win Pessemier & Astrid Pessemier
Adulto Latino Antoine Dartois & Orphea Gorski
Senior Standard Jean Hugues Henneghien & E. Scherf
Senior Latin Frederique Saxe & Valérie Weyts
Capitán  
   
REP. CHECA
Youth Standard David Odstrcil & Beata Koblizkova
Youth Latino Tomas Marek & Martina Markova
Adulto Standard Martin Dvorak & Zuzana Silhanova
Adulto Latino Jan Onder & Lucie Huncarova
Senior Standard Josef Stehlik & Eva Stehlikova
Senior Latin Martin Novoles & Iva Lutovska
Capitán Eva Bartunkova
   
HUNGRÍA
Youth Standard Balázs Gombkötó & Petra Seregélyi
Youth Latino András Széles & Boglárka Czina
Adulto Standard Olivér Zsom & Boglárka Vozár
Adulto Latino Andrea Silvestri & Martina Varadi
Senior Standard Géza Farantai & Virág Farantai
Senior Latin Ottó Kóva'cs & Mónika Farkas
Capitán Judit Sándor
   
RUSIA
Youth Standard Danil Ulanov & Yulia Glazunova
Youth Latino Ilya Kutsenko & Diana Sivolobova
Adulto Standard Ivan Novikov & Margarita Klimenko
Adulto Latino Evgeniy Imrekov & Elizaveta Divak
Senior Standard .
Senior Latin .
Capitán Oleg Panin
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Click para ampliar

 

 

 


27/09/2008
Acta de la Asamblea
 


Han transcurrido ya tres meses desde la celebración de la Asamblea General de la AEBDC y todo lo que tenemos los socios es un Comunicado informal de la Junta Directiva exponiendo su versión de la Asamblea, comunicado que han tardado más de dos meses en redactar (publicado el 1 de Septiembre)

El Art. 30 de los Estatutos de la AEBDC nos dice:

“Artículo 30 …………… El acta la puede aprobar la misma Asamblea o la pueden aprobar por delegación los interventores que, en un número de 3, haya designado la misma asamblea y no pudiendo recaer dicho nombramiento en un miembro de la Junta Directiva, en un plazo máximo de 30 días, los cuales han de firmar el acta junto con el presidente y el secretario, de la cual se dará cuenta a los miembros de la Asamblea, en un plazo máximo de 3 meses desde la fecha de aprobación.”

Estatutos de la AEBDC

Si la Asamblea General se celebró el 28 de Junio de 2008, treinta días a partir de esta fecha nos da como fecha límite para que firmen los interventores el 28 de Julio de 2008. Nos consta que, como mínimo dos de los tres interventores, no han sido convocados para firmar nada y estamos a 25 de Septiembre (esto no son treinta días, son casi 90 días).

Teniendo en cuenta que a todos los competidores, organizadores, etc… se les exige que cumplan un montón de normas, sería lo más correcto que la Junta Directiva diera ejemplo cumpliendo ella con las obligaciones que marcan los Estatutos.

Los socios nos merecemos y esperamos un Acta Oficial de la Asamblea General, no la versión comentada que de ella nos quiera dar la Junta Directiva.

Y, puestos a pedir, quizás sería hora que publicaran el Acta Oficial de la Asamblea de Enero del 2007, de la cual solo hay publicado un “… borrador del Acta, a expensas de su ratificación por los interventores y las firmas preceptivas por parte del Presidente y Secretario de la Asociación …”

Comunicado de la Junta Directiva sobre el desarrollo de la Asamblea General Ordinaria 2007


Joan Cayuela (socio 156), Jesús Curto (socio 374), Soledat Farré (socio 216), Isabel Pérez (socio 199), Txus Pedrazo (socio 517), Ferran Rovira (socio 215) y Jesús Rubio (socio 42).Ir al índice


24/09/2008

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21/09/2008
Cita con la AEBDC: Misión imposible

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18/09/2008
Historia de un Team Match que pudo ser ... y no fue
German Open Championship 2008


Transcurrido un mes desde los acontecimientos relativos a la participación de un Equipo español en el Team Match del GOC 2008, el Grupo Pro-Baile quiere dar otra versión del tema, poniendo en claro algunos hechos que no contempla el comunicado de la AEBDC de 31 de Julio de 2008 sobre el tema que nos ocupa. Muchos de nosotros estábamos allí, conocemos o somos personas implicadas en lo que pasó, y creemos que es bueno exponer otro punto de vista.

Para entender lo que ha pasado en 2008, debemos remontarnos al año 2007.

En la Fiesta Mediterránea 2007, Harry Koerner pide a nuestro Presidente, Luis Vañó, que la AEBDC prepare un equipo que represente a España en el Team Match del GOC. El Sr. Koerner le sugiere a Luis Vañó que sea Karina Rubio la capitana de este equipo. En el GOC 2007, dos meses después de la Fiesta Mediterránea, Harry Koerner le pregunta a Karina sobre los preparativos del Team Español. Karina Rubio explica que no sabe nada, y que lamentablemente, no hay nada preparado.

A continuación, y en la misma competición, Luis Vañó pide a Jesús Rubio si puede preparar el Equipo español con las parejas españolas que se encuentran ya en Stuttgart (nada de pre-selección, ni por orden de ranking…), dos días antes del Team Match. Tras evaluar conjuntamente la situación, se decide no participar, ante la imposibilidad de preparar Presentación, Equipo y Organización del Equipo Español en sólo 2 días.

En 2008 el Sr. Koerner, quizás recordando la experiencia del año anterior, decide pedir directamente a Karina Rubio la organización del Team Español para el GOC 2008. Esto ocurre en enero de 2008, 8 meses antes del Team Match.

Karina Rubio, siguiendo su buen criterio, se comunica con Luis Vañó en ese mismo momento para decirle que ha recibido esta importante oferta, pero que cree que el Team se debe organizar desde la AEBDC. Le manifiesta al Sr. Vañó la ilusión de llevar este equipo como capitana, aunque deja la decisión en sus manos. Sólo le pide que la avise con suficiente tiempo para poder preparar el Equipo y una presentación del más alto nivel, con las parejas que seleccione la AEBDC. Vañó le responde que es un tema que debe pensar. Y a ello se dedica desde ese momento… a pensarlo. Y el tiempo va transcurriendo.

Durante este período de tiempo, Karina Rubio va llamando a nuestro Presidente, para saber cuál es su decisión, y éste va dando diferentes respuestas, en las que se barajan diferentes opciones para la Capitanía del Team Match:

• Luis Delgado
• Anastassia Maximova
• Anastassia para el team Adulto y Karina para el team Youth
• Al final sólo Anastassia

Karina se siente contrariada por la decisión, y por la manipulación a la que se ve sometida durante este tiempo. En vez de decirle desde el principio que no la creían la persona con más preparación atendiendo a criterios objetivos, le van dando largas. A mediados de Julio, Karina decide desvincularse del tema, y sus parejas la apoyan, negándose a participar en este Team improvisado.

Además, otro factor a tener en cuenta en esta historia, es que las parejas catalanas que iban a Stuttgart ponían en juego la subvención de la Federació Catalana de Ball Esportiu si, habiendo sido patrocinadas por la FCBE, participaban en el Team representando a España.
Es curioso que la AEBDC conceda sus primeras subvenciones para el GOC, semanas después de saberse que la Federació Catalana subvencionaba a las parejas catalanas.

La AEBDC toma la decisión de no acudir al Team Match. Y saca balones fuera, culpando a las parejas que deciden no ir.

Se cuelga en la web de la AEBDC este comunicado:

COMUNICADO JD TEAM MATCH ALEMANIA

No ponemos en duda que la invitación oficial se recibiera en Junio. Pero el Sr. Vañó sabía de esta invitación desde Enero, de manera oficiosa a través de Karina Rubio. ¿Por qué no se impulsó este tema? No lo sabemos.

Harry Koerner, recibe la comunicación de la AEBDC conforme no habrá equipo español. Y como conocedor del tema desde el 2007, escribe este e-mail a nuestro Presidente:

E-MAIL HARRY KOERNER (Original) // E-MAIL HARRY KOERNER (Traducción al español)

A priori, se nota que la recepción en Stuttgart a Luis Vañó no será muy cálida, pero en ningún sitio especifica que se le retiren a nuestro Presidente las ventajas de invitado de honor que tiene en el GOC, por ser Presidente de la AEBDC. Pese a ello, hay rumores en el GOC de que Luis Vañó no está allí porqué, según supuestamente él dice, ya no tiene reserva de hotel ni pase VIP. El Sr. Harry Koerner nos manifestó que eso no era verdad.

Y si lo hubiera sido, nuestras parejas sí estaban allí bailando. Quizás la opción de escoger otro Hotel o pagar la entrada para verlas, hubiera sido agradecida por ellas.

Pero… volviendo a la negativa de las parejas Youth … ¿es que no había más parejas en España? ¿El problema es que no había tiempo? Y ¿quién ha dejado pasar el tiempo sin actuar?

¿Por qué se pone a las parejas en la tesitura de decidir qué subvención aceptan? ¿La de la Federació Catalana, de mayor importe y concedida desde hace tiempo? ¿O la de la AEBDC, a última hora y oportunista? ¿Quién pone a las parejas en esa situación?

Para el grupo Probaile:

• La AEBDC no gestiona correctamente la invitación al Team Match del GOC, teniendo como consecuencia la mala imagen que nuestro Presidente ha dejado a Harry Koerner, organizador del GOC, una de las competiciones más importantes del Calendario de la IDSF. La imagen de la AEBDC y de España, quedan mal paradas.

• No comunica a Karina Rubio, con tiempo, que ella no será la capitana (deferencia mínima teniendo en cuenta que la invitación llega a la AEBDC a través de ella).

• No coordina con la Federació Catalana cómo hacer compatibles ambas ayudas en beneficio de los bailarines (las subvenciones de la FCBE estaban ya concedidas cuando la AEBDC anunció las suyas).

• Se envía una carta a Karina Rubio con tono, cuánto menos, cuestionable.

• Y sobretodo, manipula a todo nuestro colectivo, dando información cercenada, y moviendo los hilos de los personajes de esta historia como mejor le conviene.

Nuestra opinión es que como consecuencia de la desidia, manipulación y de la no toma de decisiones en su momento de nuestro Presidente, España no estuvo representada en el Team Match de Stuttgart.

Una vez vista esta exposición, nos gustaría acabar recuperando las últimas líneas del comunicado de la AEBDC:

“(…) Éste es un hecho que lamentamos, puesto que en esta ocasión han primado los intereses particulares sobre los del colectivo del Baile español, y esto es algo que no beneficia en nada a nuestro deporte”

Después de saber lo que sabemos, nos hacemos esta pregunta: ¿Quién prima sus intereses particulares por encima del colectivo?


Joan Cayuela (socio 156), Jesús Curto (socio 374), Soledat Farré (socio 216), Isabel Pérez (socio 199), Txus Pedrazo (socio 517), Ferran Rovira (socio 215) y Jesús Rubio (socio 42).Ir al índice


 
15/09/2008
I Training Pro-Baile

Apreciados amigos,

Como avanzamos en Julio ya tenemos organizado el I Training Camp de la temporada.

Convocamos este Training con un doble objetivo: formación y comunicación.

De las ponencias siempre se derivan conceptos distintos e interesantes que ayudan y motivan a mejorar el baile. Poner en práctica estas enseñanzas compartiendo pista y aplausos con parejas de diferentes Clubs, es una buena manera de preparar la nueva temporada.

Con la comida/coloquio queremos establecer un nexo de comunicación e información directa con todos los competidores. Escuchar vuestras opiniones y explicar nuestras propuestas es básico para, entre todos, buscar la mejor manera de que se puedan llevar a la práctica.

La inscripción se encuentra disponible en el apartado “Descargas” de la Web. Para poder organizar los grupos y la comida seria recomendable enviar la inscripción con suficiente antelación.

 

OS ESPERAMOS A TODOS

Joan Cayuela (socio 156), Jesús Curto (socio 374), Soledat Farré (socio 216), Isabel Pérez (socio 199), Txus Pedrazo (socio 517), Ferran Rovira (socio 215) y Jesús Rubio (socio 42).Ir al índice


31/07/2008
Stage - Coloquio
 

Apreciados amigos,

Durante el viaje de regreso de la Asamblea General nos comprometimos a manteneros informados periódicamente y, al mismo tiempo, escuchar vuestras inquietudes y sugerencias.

Con este propósito vamos a organizar un encuentro con todos vosotros y, para aprovechar el día, lo combinaremos con un Stage de
Pre-temporada.

Se celebrará en la Escuela Swing Manresa un domingo de la segunda quincena de Septiembre o primera de Octubre (el día está todavía por determinar). Por la mañana se darán clases de técnica organizadas por grupos de edad (Juv-Jun , Yth-Ad, Sen) y niveles, orientaciones de psicología deportiva, … Después de la comida tendrá lugar el coloquio.

El Stage será gratuito para todas las parejas asistentes. Solo deberá abonarse el importe de la comida que consistirá en un catering servido en la misma Escuela.

El día concreto, los ponentes y el horario detallado de las actividades se publicarán durante la primera quincena de Septiembre.

Esperamos que esta iniciativa sea atractiva para vosotros y podamos, a lo largo de la temporada, seguir ofreciendo nuevas actividades que sirvan de nexo de reunión y contacto entre el Grupo Pro Baile y los socios de la AEBDC.

QUE TENGÁIS UNAS BUENAS VACACIONES!!!!


Joan Cayuela (socio 156), Jesús Curto (socio 374), Soledat Farré (socio 216), Isabel Pérez (socio 199), Txus Pedrazo (socio 517), Ferran Rovira (socio 215) y Jesús Rubio (socio 42).
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31/07/2008
Cita previa. Respuesta

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30/07/2008
Cita previa

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29/07/2008
Respuesta

La publicación el Miércoles en esta Web de los E-mails enviados a la AEBDC fue positiva ya que el Jueves podíamos ver en la Web de la Asociación el documento de Certámenes y el Viernes recibimos el E-mail que adjuntamos a continuación con nuestra respuesta.

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24/07/2008
Sin respuesta

Después de 15 días todavía no hemos recibido la documentación solicitada

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02/07/2008
Asambleas numerosas: un éxito de todos los socios

Pasados ya tres días de la celebración de la Asamblea y después de haber puesto en común las impresiones de todos en la reunión semanal del Grupo de Trabajo podemos daros nuestra

VALORACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL 2008

Fue una satisfacción comprobar que más de 150 personas se reunieron el pasado Sábado 28 de Junio en la Asamblea de la AEBDC.

Para el Grupo Pro Baile, cuyo objetivo principal ha sido, y seguirá siendo, avanzar en la gestión de la AEBDC, nuestra iniciativa ha sido un absoluto éxito y valoramos positivamente el desarrollo de la Asamblea. Socios de toda España acudieron a L'Eliana y es un hecho por el que nos debemos felicitar. La parte negativa fue el abandono de la Asamblea de un grupo importante de socios una vez terminadas las votaciones.

A diferencia de la Asamblea de Enero de 2007 que no fue preparada de la mejor manera por parte de la actual Junta Directiva, la Asamblea de 2008 se ha preparado a conciencia. Sin duda, el papel que nuestro Grupo ha jugado en esta mejor preparación ha sido determinante. Y por ello nos felicitamos, como también nos felicitó el Presidente, y nos animamos a continuar con nuestro trabajo que tan buenos frutos ha dado.

Durante la Asamblea, sin embargo, se hicieron patentes algunas lagunas que mencionamos brevemente para que la Junta Directiva las tenga en cuenta si les parece oportuno:

1.)
Se varió el Orden del Día sin previo aviso: se debería haber comunicado al inicio de la Asamblea, por lo menos, por parte del moderador.
2.)
Agradecemos a la Junta que diera explicaciones sobre su Plan de Trabajo y su evolución basándose en las conclusiones de nuestro escrito de fecha 21 de Junio. Lamentablemente, la exposición del Presidente sólo constató que la evolución que ha experimentado el Baile Deportivo Español se debe más a su desarrollo natural (crecimiento vegetativo) que a las acciones llevadas a cabo desde la Junta Directiva, de las cuales el Presidente no pudo concretar ninguna (ni su efecto, por supuesto)
3.)
La exposición del Presidente referente a la AEBD y a los clubes que la integran y los que la integrarán, presenta algunos interrogantes:

ESTADO DE LA AEBD (según informó Luis Vañó el 28 de Junio)

Clubes firmantes de la Constitución Catalunya
14
  Castilla La Mancha
1
  Comunidad Valenciana
1
   
Incorporaciones Posteriores Comunidad Valenciana
18
  Canarias
1
  Comunidad de Madrid
5
   
En proceso de incorporación Castilla La Mancha
2
  Andalucía
10
     
Totales:    
Comunidad Valenciana 19  
Catalunya 14  
Andalucía 10  
Comunidad de Madrid 5  
Castilla La Mancha 3  
Canarias 1  
  3.1)

Teniendo la Federación Catalana más de 40 clubes, representando los bailarines catalanes más de la mitad de todo el Estado y dado que las competiciones en Catalunya son más del 50% del total (según los números y gráficos expuestos por el propio Presidente) ¿no es llamativo que sólo los 14 clubes fundadores se hayan adherido a la AEBD?

  3.2)
Galicia, tercera comunidad en bailarines y competiciones no tiene ningún club. ¿Por qué? ¿Cómo está trabajando el delegado de la AEBDC en Galicia para avanzar? ¿Se tienen en cuenta a todas las escuelas para avanzar en éste importante proyecto?
  3.3) Aragón: mismo caso que en Galicia. ¿Cómo está trabajando el delegado de la AEBDC en Aragón para avanzar? ¿Se tienen en cuenta a todas las escuelas aragonesas para avanzar en este importante proyecto?
  3.4) Baleares: mismo caso que Galicia y Aragón
  3.5)
Andalucía: ¿Son estos 10 clubes representativos de la cantidad de bailarines y competiciones de esta comunidad? Hay bailarines andaluces que desconocen los detalles de los clubes ya fundados en su Comunidad y, parece ser, que sólo 3 personas pueden constituir un Club de Baile Deportivo en Andalucía.

Conclusión: La Junta Directiva de la AEBDC está trabajando en el desarrollo de los clubes de Baile Deportivo en España y eso está muy bien. Pero no trabaja con la misma intensidad en todas las Comunidades y, además, el mapa que está dibujando Luis Vaño y su Junta Directiva distorsiona la realidad del Baile Deportivo en España ¿Por qué? Él mismo lo expreso claramente en la Asamblea: "... la AEBD, que presidiré yo..." El objetivo parece ser asegurarse el máximo de clubes afines que aseguren su continuidad en el cargo de Presidente y, así, minimizar la representatividad de las comunidades más críticas con su gestión hasta ahora.

Poco importa que Catalunya triplique en socios a la segunda Comunidad con más socios (Comunidad Valenciana) o que Catalunya organize más del doble de las competiciones puntuables de toda España.

Aragón, Baleares y Galicia son comunidades históricas en Baile Deportivo. Usando el ejemplo de Catalunya y su proceso federativo se podría haber trabajado para que estas tres Comunidades tuvieran, desde el principio, el papel que les corresponde en la AEBD. Ojalá lleguen a tiempo para estar representadas antes de las Elecciones para Presidencia y Junta Directiva de la AEBD que Luis Vañó situó en Diciembre de 2009.

4.)
Estado de cuentas: ningún socio pidió los recibos y justificantes de los gastos. Sí se pidió (como es derecho de los socios) una breve explicación sobre algunas partidas de gastos (y hasta de ingresos) que resultaban poco claras. Hubiera bastado una respuesta breve, que se hubiera producido si el Tesorero se hubiera preparado y resumido los movimientos financieros de principal importancia como es su deber.
Por el contrario, preguntas tan simples como por qué se estaban pagando comisiones bancarias tan elevadas, quedaron sin respuesta ni justificación, provocando la duda evidente en la Junta Directiva y el desconcierto de algunos socios
Seguro que este aspecto puede mejorar en el futuro y ser más transparente para que los socios podamos estar tranquilos respecto a las personas que manejan el dinero de TODOS los socios. Un presupuesto de 240.000 euros merece una atención mucho más detallada y una presentación más profesional, porqué hay que tener muy presente que la mayor parte de los ingresos (200.000 euros aprox.) proceden directamente de la aportación de los socios.
5.) Quedaron pendientes de respuesta por parte de la Junta Directiva de la AEBDC los puntos siguientes:
 
a)
Gestión del calendario de competiciones (art. 8.1): ni el asesor legal ni la Junta Directiva sabian si este cambio en el Reglamento de Competiciones lo debía votar la Asamblea o no. El Grupo Pro-Baile ha localizado en el Reglamento de Competiciones el art. 2 que da potestad a la Junta Directiva para hacer excepciones en el mismo. Esperamos comunicado oficial de la Junta Directiva que clarifique este punto a todos los socios.
 
b)
Explicación detallada y por escrito de la partida de gastos "Prestaciones de Servicios 705" del balance del año 2006
6.)

Resultado de las votaciones de los socios: el Grupo Pro Baile acepta democráticamente el resultado de las votaciones de los socios presentes en la Asamblea. Pero no acepta que la Junta Directiva califique a los asistentes a la Asamblea de Enero de 2007 como no representativos del colectivo. Todas las Asambleas son soberanas, asistan los socios que asistan. Y tan válidas son las opiniones y votos de los socios reunidos el pasado sábado, como las opiniones y votos de los socios que acudieron a la Asamblea en 2007. Nuestra Junta Directiva debería ser más humilde ante sus socios y valorar cada una de las intervenciones que hagan, sean de carácter favorable a la gestión de la Junta o desfavorable.

Esperamos que la reflexión a la que se comprometió la Junta Directiva afecte también al Asesor Legal, en el sentido de que en sus futuras actuaciones se oriente tanto hacia los intereses del colectivo de socios de la Entidad como a la defensa de los intereses de la Junta Directiva.

7.)

El futuro del Grupo Pro-Baile: dado las favorables consecuencias que nuestra iniciativa ha tenido para el colectivo y las numerosas muestras de apoyo que hemos recibido, el Grupo Pro Baile seguirá reuniéndose y trabajando para mantener la lluvia de ideas y opiniones de estos últimos días que nos han enriquecido a todos.

Colaboraciones, estudios y propuestas hechas a la Junta Directiva hace mucho tiempo por miembros de la actual plataforma Pro Baile yacen durmiendo en alguna carpeta de temas pendientes en alguna mesa de la AEBDC a la espera de que alguien se digne pronunciarse sobre ellos. Esta desidia en su gestión nos hace creer que es mejor trabajar desde fuera de la Junta Directiva poniendo en conocimiento de los asociados que existen y seguirán existiendo propuestas hechas por el Grupo Pro Baile pendientes de una respuesta por parte de la AEBDC.

Os iremos informado a todos a través de nuestra Web: www.probaile.com

8.)
Todas las ideas y proyectos de mejora que tengáis siguen siendo bienvenidos. También son bienvenidas las personas que quieran trabajar con nosotros.
 Muchas gracias,
 
Joan Cayuela (socio 156), Jesús Curto (socio 374), Soledat Farré (socio 216), Isabel Pérez (socio 199), Txus Pedrazo (socio 517), Ferran Rovira (socio 215) y Jesús Rubio (socio 42).Ir al índice

21/06/2008
Objetivo de la Asamblea: Informar a los socios


El objetivo de toda Asamblea General Ordinaria es el de informar a los socios de la situación económica actual, de las acciones que se han llevado a cabo durante el periodo, de las acciones que se pretender llevar a la práctica en el periodo siguiente y de cómo se financiarán.

Así mismo, la Asamblea General Ordinaria, debe escuchar a los socios (ruegos y preguntas), responder a sus dudas y tomar nota de las inquietudes y sugerencias que puedan aportar.

Los socios tenemos que implicarnos, valorar el trabajo hecho, entender las cuentas que se presentan, preguntar lo que no entendamos y proponer alternativas que nos parezcan adecuadas.

La Junta Directiva tiene que ser clara en sus respuestas, transparente en la presentación de las cuentas y dinámica para recoger, estudiar y dar soluciones a las cuestiones planteadas por los socios.

Como ejercicio de reflexión de cara a la Asamblea General Ordinaria presentamos un resumen de los puntos más relevantes de la candidatura y de su evolución hasta este momento.

Haz click aquí

Puede haber otras lecturas, nada es nunca blanco o negro, nadie tiene la razón absoluta. Es sólo un punto de vista para el debate y la reflexión.

Este proyecto a cuatro años con el que fue votada esta candidatura termina en Enero de 2010, es decir que ya sólo queda una temporada completa para la realización de sus objetivos.


LA ASAMBLEA ES IMPORTANTE
LA ASISTENCIA DE TODOS, IMPRESCINDIBLE


Joan Cayuela (socio 156), Jesús Curto (socio 374), Soledat Farré (socio 216), Isabel Pérez (socio 199), Txus Pedrazo (socio 517), Ferran Rovira (socio 215) y Jesús Rubio (socio 42).
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19/06/2008
Aclaraciones

Apreciados amigos,

Se están haciendo estos días muchas especulaciones y difundiendo mensajes contradictorios e inciertos. En vista de esto queremos hacer algunas puntualizaciones:

 

1.)
Este Grupo de Trabajo es sencilla y simplemente esto: un grupo de socios que se han propuesto aportar ideas con la finalidad de avanzar en aspectos del Baile Deportivo que hace mucho tiempo que necesitan cambios que no se hacen efectivos.
2.)
Este Grupo de Trabajo no es, por ahora, una alternativa a la Junta Directiva actual. Para crear una candidatura se necesita tiempo y, sobre todo, encontrar a las personas idóneas para formarla y liderarla. Éste es un trabajo que nos hemos propuesto hacer con calma después de valorar los resultados de la Asamblea General.
3.)

 

Se está queriendo vender una guerra entre Autonomías que, sinceramente, no tiene ningún sentido.

El núcleo del grupo ha surgido en Catalunya, pero desde el primer día ha estado abierto y en contacto con personas de toda España. Pretender trabajar solos y aislados es una cosa que no nos hemos planteado en ningún momento ya que sería ignorar la realidad y no llevaría a ningún resultado positivo para nadie

Habiendo en estos momentos temas de debate tan importantes como el modelo federativo que vamos a tener, la descentralización real del poder, la financiación de las Autonomías,… creemos que es menospreciar la inteligencia de los socios el querer minimizar y centrar el debate en si se es catalán, valenciano o chino.

nos tiene que importar como está la situación de la AEBD (no lo sabemos), que clubes y en que condiciones la integran (no lo sabemos), quién dirigirá y como se hará el traspaso de AEBDC a AEBD (no lo sabemos). NO nos tiene que importar la procedencia geográfica de quien nos lo explique.
4.)

 

Hemos querido dar este paso al frente, este estirón, para que se muevan cosas y para intentar motivar a todos esos socios que, estando en desacuerdo y molestos por muchas situaciones, no se deciden a decirlo en voz alta por prudencia.

Nosotros llevamos muchos años en el mundo del Baile, prácticamente desde sus inicios y hemos vivido su evolución desde todas las facetas: primero fuimos alumnos de medallas, más tarde competidores y hemos ido derivando a ser jueces, profesionales, entrenadores y directores de escuelas. Creemos, modestamente, que nuestra experiencia nos permite aportar ideas que ayuden a adecuar el Baile Deportivo a la situación actual en España.

Y para esto, aunque se empeñen en decir lo contrario, contamos con personas de diferentes Autonomías que también están dando su visión, sus propuestas y sus expectativas.
5.)

 

La Asamblea General es el único momento en todo el año en que los socios podemos preguntar, escuchar, valorar y aprobar o no la gestión de la Junta Directiva. Una Junta Directiva y un presidente que es de TODOS los socios y de TODAS las comunidades

La elección del lugar (L’Eliana, Valencia) y del momento (coincidiendo con los Campeonatos de la Comunidad Valenciana) no pensemos que es casual ni fruto del azar.


LA ASAMBLEA ES IMPORTANTE
LA ASISTENCIA DE TODOS, IMPRESCINDIBLE


Joan Cayuela (socio 156), Jesús Curto (socio 374), Soledat Farré (socio 216), Isabel Pérez (socio 199), Txus Pedrazo (socio 517), Ferran Rovira (socio 215) y Jesús Rubio (socio 42).Ir al índice

13/06/2008
Presentación de Firmas - Autobús a la Asamblea


Apreciados amigos,

El martes 10 de junio de 2008, se entregó en la oficina de la AEBDC el dossier con 344 firmas avalando la inclusión en el Orden del Día de la Asamblea General del punto ya conocido por todos. En cuanto tengamos una respuesta os lo comunicaremos.

Si no puedes acudir a la Asamblea, no dudes en estar presente mediante la delegación de tu voto. No olvidéis la fotocopia del DNI. En el apartado de descargas, encontraréis el modelo de delegación de voto propuesto desde la AEBDC.

Esta Asamblea es muy importante para los socios, pues es posible que sea la última que se celebra bajo las siglas de AEBDC y en la que todo socio individual pueda libremente expresar su opinión y votar en consecuencia.

Si el próximo año ya está legalmente constituida la AEBD, la voz y el voto en la Asamblea sólo podrán ejercerlo los presidentes de los Clubs que la integren.

Os informamos que los 3 puntos de salida de los autobuses para acudir a la Asamblea de asociados de la AEBDC del próximo 28 de Junio de 2008, a celebrarse en L'Eliana, serán los siguientes:

* Mollet / Sant Cugat
* Manresa
* Barcelona / Tarragona

9:00 de la mañana: salida desde Mollet, Manresa y Barcelona
9:30 de la mañana: salida desde Sant Cugat
10:00 de la mañana: salida desde Tarragona
13:30 de la tarde: comida-coloquio
21:00 regreso.

El punto de encuentro se comunicará en breve

Precio: 22 € por persona, ida y vuelta. (No incluye la comida)

Podéis apuntaros enviando un e-mail a info@probaile.com o contactando con alguno de los integrantes de nuestro Grupo.

Para hacer efectiva la reserva de vuestra plaza, debéis hacer un ingreso en la cuenta bancaria siguiente:
LA CAIXA - 2100.2881.12.0100108075

Joan Cayuela (socio 156), Jesús Curto (socio 374), Soledat Farré (socio 216), Isabel Pérez (socio 199), Txus Pedrazo (socio 517), Ferran Rovira (socio 215) y Jesús Rubio (socio 42).Ir al índice


05/06/2008
Recogida de firmas y asistencia a la Asamblea


Apreciados amigos,

A día de hoy ya se ha superado el número de firmas requeridas en los estatutos para presentar la propuesta de los socios a la Asamblea. Todavía siguen llegando firmas de socios y, para aquellos que deseéis firmar y aun no lo hayáis hecho, sabed que el Lunes día 9 de Junio daremos por finalizada la recogida de firmas para seguir avanzando otras fases del proceso iniciado.

Conseguido, con la colaboración de muchos de vosotros, este primer objetivo, queda ahora afrontar un reto importante para todos: la asistencia a la Asamblea General.

Sabemos que no es fácil renunciar a un sábado de descanso desplazándose muchos quilómetros, en la mayoría de los casos, para asistir a una Asamblea. Pero, y en esto coincidimos plenamente con la opinión expresada por nuestro presidente: “no es positivo dejar en manos de un reducido número de asistentes la responsabiblidad de tomar decisiones que condicionen el futuro de la Asociación y del Baile Deportivo.”

Para facilitar y reducir al máximo el coste del desplazamiento estamos preparando la salida de autocares desde distintos puntos donde puedan reunirse un número suficiente de socios interesados. La semana próxima esperamos poder informaros de los puntos de salida, horarios, precios y como reservar plaza.

Reiteramos, una vez más, las gracias a todos los socios que se han sumado a esta iniciativa desde Aragón, Catalunya, Galicia, Islas Canarias, Madrid, País Vasco y Valencia.

La Asamblea somos todos: VEN!!!

Joan Cayuela (socio 156), Jesús Curto (socio 374), Soledat Farré (socio 216), Isabel Pérez (socio 199), Txus Pedrazo (socio 517), Ferran Rovira (socio 215) y Jesús Rubio (socio 42).Ir al índice


29/05/2008
Firmas y adhesiones


Según los Estatutos de la AEBDC son necesarias aproximadamente 280 firmas de socios con derecho a voto para poder presentar una propuesta a la Asamblea General Ordinaria.

Os informamos que, a día de hoy, se han recogido ya 168 firmas. Estas firmas y adhesiones proceden de las siguientes Comunidades Autónomas:

• Aragón
• Catalunya
• Galicia
• Islas Canarias
• Madrid
• País Vasco
• Valencia

El hecho de haber recibido soporte desde casi todas las Comunidades de España donde se practica el Baile Deportivo, nos estimula para continuar con ilusión el proyecto iniciado.

Muchas gracias a todos.


Joan Cayuela (socio 156), Jesús Curto (socio 374), Soledad Farré (socio 216), Isabel Pérez (socio 199), Txus Pedrazo (socio 517), Ferran Rovira (socio 215) y Jesús Rubio (socio 42).
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28/05/2008
Finalidad de la recogida de firmas

Los Estatutos de la AEBDC recogen en su artículo 23:

“ Son competencias de la Asamblea General, como mínimo, y sin perjuicio de otras que puedan fijarse en los estatutos, las siguientes:

….. f) Resolver las propuestas que los socios con derecho a ello quieran presentar en la Asamblea, siempre que tengan, como mínimo, el apoyo del 10% del total de socios con derecho a voto y se presenten por escrito dentro del plazo fijado para cada Asamblea….”

Esto no tiene nada que ver con la Moción de Censura que está contemplada en los mismos Estatutos en los artículos 62 y siguientes.

No es nuestra intención presentar ninguna Moción de Censura ya que estamos convencidos de que las acciones en negativo no aportan nada al colectivo y lo que pretendemos es ir hacia delante, trabajando en positivo, a favor de todos y no en contra de nadie.

¿Por qué decidimos proponer a votación de la Asamblea el siguiente punto?

“Compromiso del Presidente y de la Junta Directiva de la AEBDC de convocar Elecciones Generales antes del 21 de Junio del 2009”

Si se mantiene el proceso normal, las elecciones a Junta Directiva han de celebrarse en Enero de 2010. Esto significa que se celebran con la temporada 2010/2011 ya iniciada cosa que no plantea ningún problema si la nueva Junta elegida es una Junta de continuidad. Pero en caso de que existan otras candidaturas y la Junta Directiva sea totalmente renovada, se encuentra con una temporada ya en marcha, retrasando, inevitablemente, la puesta en marcha de nuevas líneas de actuación hasta la temporada 2011/2012.

Si la Asamblea vota que si a la propuesta, no tiene que producirse ningún cambio. La Junta actual sigue siendo totalmente válida y tiene todo el año por delante para seguir trabajando y para presentar su candidatura en las próximas elecciones. Será entonces cuando todos los socios deben votar, entre todas las opciones que se presenten, la que le parezca mejor.

Por lo tanto, no se está pidiendo a nadie que firme un cheque en blanco, ya que aunque la Asamblea aprobara este punto, esto no significa que en las próximas elecciones a Junta Directiva los socios tengan que votar, necesariamente, el programa y la Junta que nuestro grupo presente en su momento.

Si no se consiguen las firmas necesarias para presentar a votación de la Asamblea este punto, o la Asamblea vota que no, nuestro compromiso es seguir trabajando para presentar una alternativa sólida cuando se convoquen elecciones a Junta Directiva.

Joan Cayuela (socio 156), Jesús Curto (socio 374), Soledat Farré (socio 216), Isabel Pérez (socio 199), Txus Pedrazo (socio 517), Ferran Rovira (socio 215) y Jesús Rubio (socio 42).Ir al índice


23/05/2008
A todos los socios de la AEBDC que quieran dar soporte a este proyecto

El primer paso es recoger el número suficiente de firmas de socios mayores de edad con derecho a voto para poder presentar a votación la propuesta en la próxima asamblea. Si estáis interesados en firmar, contactar con cualquiera de los que formamos parte del grupo y os haremos llegar la documentación

El segundo paso es intentar hacer un esfuerzo para asistir a la Asamblea, pues éste es el órgano soberano de la Asociación y es donde cualquier iniciativa debe encontrar el soporte necesario.

Gracias a todos.

Joan Cayuela (socio 156), Jesús Curto (socio 374), Soledat Farré (socio 216), Isabel Pérez (socio 199), Txus Pedrazo (socio 517), Ferran Rovira (socio 215) y Jesús Rubio (socio 42).Ir al índice